Ayudas para las instituciones que acogen a mayores y dependientes españoles en el exterior

El departamento de Migraciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que dirige Aurelio Miras Portugal, dispone de 2.100.000 euros para conceder subvenciones por este concepto. La cuantía será de carácter variable y estará en función del interés de las acciones a ejecutar, así como del número de beneficiarios atendidos.
Para la concesión de dicha subvención se tendrá en cuenta el número de personas de nacionalidad española que se benefician de la ayuda, la repercusión de dicha ayuda según el grado de necesidad de la colectividad atendida y la especialización de la entidad solicitante en la atención al colectivo y en el objetivo específico al que se dirige el programa.
La solicitud deberá suscribirla quien ostente la representación legal de la entidad o acredite poder suficiente para ello y podrán presentarse en cualquiera de los registros y oficinal que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992. En todo caso, también en las consejerías de Empleo y Seguridad Social, en las secciones de Empleo y Seguridad Social de las oficinas consulares, así como en los consulados o secciones consulares de las embajadas correspondientes al domicilio o residencia del peticionario.