Así han configurado sus modelos otros países

El Sistema Social de Cuidados de Largo Plazo de Alemania ha sufrido numerosas reformas que se han ido materializando en un progresivo aumento de las contribuciones sociales (como porcentaje del ingreso bruto). Desde el año 2007, las contribuciones son 1,95% para los cotizantes con hijos y 2,2% para los que no tenían hijos. Además, los pensionistas también deben aportar al sistema de cuidados de largo plazo en función de sus ingresos de jubilación. Para garantizar la solvencia del sistema se ha establecido el requisito de que las reservas al final de cada año deben ser al menos iguales al 50% del gasto en cuidados de largo plazo generado durante un trimestre.
Para ser beneficiario es necesario haber cotizado al menos dos años y es preciso necesitar ayuda para realizar actividades de la vida diaria durante un periodo de al menos seis meses. Las personas que sufren discapacidades intelectuales, enfermedades mentales y demencias fueron incluidas tras una reforma en 2008, pero, pese a ello, no reciben prestaciones de ayuda en cuidados personales o tareas domésticas, sino exclusivamente para supervisión.
AUSTRALIA. Un modelo de atención residencial que garantiza la calidad y la sostenibilidad de los recursos
El modelo desarrollado en Australia es, a juicio de Vilaplana, interesante porque “garantiza tanto la calidad en la atención recibida en los centros residenciales como la sostenibilidad financiera de los mismos”. El sistema se basa en un mecanismo de bonos de alojamiento -si el usuario necesita recibir pocos cuidados, pues en este modelo los usuarios pueden ser categorizados como receptores de un bajo o un alto nivel de cuidados- o una tarifa diaria, para aquellos que necesiten grandes dosis de atención.
En relación a los bonos de alojamiento, su cuantía es pactada entre el proveedor y el residente. Tras hacer una valoración de sus rentas y patrimonio -la vivienda no computa según algunos supuestos-, el proveedor puede exigir al residente un bono de alojamiento determinado, pero sabiendo que el residente siempre debe conservar al menos 2,25 veces la pensión básica anual. El pago del bono de alojamiento puede efectuarse de una sola vez, periódicamente o mediante una combinación de una parte fija a la entrada en la residencia más otra periódica. La duración máxima de este bono es de cinco años, pasados los cuales, el proveedor debe devolver el importe del bono, deducido el cobro de las cuotas mensuales, y si el residente continúa viviendo allí el proveedor solamente puede cobrarle una tarifa diaria.
Respecto a la utilidad de este bono de alojamiento, el proveedor está obligado a invertirlo y utilizar los rendimientos para mejorar la calidad de las instalaciones de la residencia. “Puede considerarse que este sistema funciona como si el residente hiciera un préstamo al proveedor por el cual no tiene que pagar intereses”, resume la profesora Cristina Vilaplana.
JAPÓN. Una mala previsión que motivó la reorganización del sistema
En Japón ocurrió algo similar a lo acontecido en España, dado que las previsiones iniciales se quedaron cortas frente a la demanda que finalmente tuvo su Seguro de Cuidados de Largo Plazo. Por eso, seis años después de su primera reforma, se llevó a cabo una reordenación del sistema que reorganizó las prestaciones reconocidas, redefinió las funciones de algunas de ellas (como la atención a domicilio) y limitó su cuantía.
Asimismo, la reforma centró sus objetivos en mejorar la salud mental y física, así como el estado nutricional de las personas mayores con la meta puesta en retrasar las situaciones de dependencia.
EE UU. Un sistema de prestaciones económicas basado en un fondo de reserva
Estados Unidos aprobó, en 2010, la “Affordable Health Care for America Act”, que marcó el inicio de un nuevo programa nacional de seguro de cuidados de largo plazo a nivel nacional, denominado “Community Living Assistance Services and Supports” (Class). Este programa, explica la profesora, se financia por medio de contribuciones individuales voluntarias, pero es administrado por el Gobierno Federal. Se ha establecido un periodo de transición de cinco años (2011-2015) durante el cual se procederá a la adscripción al programa y al pago de las correspondientes primas, aunque, en realidad, las primeras prestaciones no comenzarán a concederse hasta 2016.
Para poder participar en este programa es necesario tener al menos 18 años, estar trabajando y alcanzar unos ingresos suficientes como para tener derecho a un trimestre de cobertura en la Seguridad Social (que en el año 2010 era de 1.100 dólares). La cuantía de las primas a pagar varía con la edad y se deducen automáticamente de su nómina. “Hay que destacar el hecho de que las primas no varían según el estado de salud o el nivel de ingresos, por lo que determinadas personas que antes no pudieran permitirse un seguro de dependencia o a las que se les denegaba por condiciones médicas pre-existentes ahora sí van a tener acceso a esta cobertura”, matiza la experta, quien añade que se ha calculado que la prima promedio es de 123 dólares (aunque existe una prima reducida de solamente cinco dólares para estudiantes menores de 22 años que trabajan o trabajadores con muy bajos ingresos).
SINGAPUR. La promoción de un seguro privado de dependencia
“El caso de Singapur es interesante porque constituye una forma de estimular la inversión en una forma particular de seguros de dependencia”, manifiesta Cristina Vilaplana. Este programa se puso en funcionamiento en 2002 y se ha configurado como un sistema privado de cuidados de largo plazo, denominado Eldershield. Se trata de un programa diseñado por el gobierno, aunque administrado por tres aseguradoras privadas, y que de manera quinquenal es revisado para verificar su sostenibilidad.
Pueden suscribir este seguro todas las personas de 40 y más años y deben pagar una prima hasta que cumplan los 65. La cuantía de la prima depende de la edad y del sexo, pero no del ingreso. El requisito para ser beneficiario de una prestación es no poder realizar tres actividades básicas de la vida diaria de una lista de seis (vestirse, lavarse, asearse, comer, moverse y cambiar de postura). Las prestaciones que concede el sistema son solamente económicas y tienen duración limitada. La prestación puede interrumpirse por recuperación del beneficiario, y reanudarse más tarde pero, en conjunto, no puede superar la duración de seis años.