La Audiencia de Vigo dictó las primeras resoluciones en las que se obliga la supervisión judicial para los ingresos en centros residenciales de personas mayores que padecen algún tipo de demencia, como el Alzheimer. Mientras los jueces se habían opuesto a la medida de tener que cumplir con esta supervisión judicial, al no estar contemplado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, el tribunal acaba de estimar los primeros cuatro recursos presentados por los fiscales de la ciudad olívica contra los autos dichos jueces de Familia y Primera Instancia de Vigo. Hasta el momento, el control judicial sólo era oblligatorio en lo referente a ingresos de personas con trastornos psíquicos en instituciones psiquiátricas pero, a partir de ahora, también se introduce este control en lo que respecta a los centros de mayores. Esta decisión de la Audiencia es vinculante, lo que implica que ya se admitan a trámite aquellos expedientes que hace unos meses fueron presentados por directores de algunos geriátricos que solicitaban dicha supervisión judicial para el ingreso de mayores en sus centros.
El criterio de la Sección Sexta de Vigo es que lo que debe tenerse en cuenta es el grado de libre decisión sobre sí mismo y las facultades de discernimiento que tiene esa persona, no el tipo de institución en la que se va a internar -sea ésta un psiquiátrico, una residencia geriátrica, etcétera-.