martes, 25 marzo 2025
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Gobierno Vasco, diputaciones y Eudel aprueban la Cartera de Prestaciones de la Ley Vasca de Servicios Sociales

Este acuerdo, que entrará en vigor en diciembre de 2016, marca el inicio de un proceso de homogeneización de los servicios en el conjunto de Euskadi
El Órgano Interinstitucional de Servicios Sociales formado por el Gobierno Vasco, las Diputaciones Forales y la Asociación de Municipios Vascos (Eudel) aprobó en su reunión, la Cartera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales. La aprobación de esta cartera supone la concreción práctica del derecho a los servicios y prestaciones sociales previstos en la Ley 12/2008 de 5 de Diciembre de Servicios Sociales.
Esta Ley dispone, en su artículo 22, de un catálogo que enumera cuáles son esas prestaciones y servicios a los que tienen derecho la ciudadanía de Euskadi; servicios tales como:
En el ámbito de la atención primaria: información, valoración, diagnóstico, orientación, ayuda a domicilio, intervención socioeducativa y psicosocial, teleasistencia, alojamiento.
En el ámbito de la atención secundaria: valoración y diagnóstico de la dependencia, la discapacidad, la exclusión y la desprotección, centros residenciales, centros de día y noche, centros ocupacionales, servicios de respiro, transporte adaptado, intervención y mediación familiar, puntos de encuentro familiar, adopción y acogimiento.
Y, finalmente, las diferentes prestaciones económicas (cuidados en el entorno familiar, prestación vinculada al servicio, prestación de asistente personal, prestaciones para mujeres víctimas de violencia, etcétera)
Tal y como prevé la Ley, esta enumeración se ha desarrollado y completado con la elaboración de una Cartera de Servicios y Prestaciones que define la naturaleza, objetivo, personas destinatarias, requisitos de acceso de cada prestación o servicio y si está sujeto o no a copago.
Además, el desarrollo de la cartera ha exigido la elaboración de un Mapa de Servicios Sociales, cuya finalidad es definir la distribución de estos servicios en función de criterios geográficos y de población, para que todas las personas puedan tener acceso a los mismos.
Asimismo, ha sido preciso elaborar una Memoria Económica, que acompaña  a la Cartera y al Mapa, y que ha cuantificado el coste real actualizado de todas estas prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Esta cuantificación es la que ha permitido hacer una proyección de cuáles serán los costes económicos del sistema en función de su implantación progresiva, de la evolución demográfica de la población y de sus necesidades futuras.

Cartera de servicios
En la relación a la Cartera de Prestaciones y Servicios, buena parte de los que se describen, son prestados ya por Gobierno Vasco, Diputaciones Forales y Ayuntamientos de Euskadi; la novedad radica en que estos servicios, ayudas o prestaciones pasan a ser un derecho subjetivo, es decir, legalmente exigibles por la ciudadanía y no sujetos a coyunturas presupuestarias.
Por otra parte, se definen y desarrollan servicios nuevos, que están previstos en el catálogo de la Ley, pero que no existían o tienen muy poca implantación en Euskadi, tales como: centros de noche para atender necesidades derivadas de limitaciones de autonomía (personas mayores y personas con discapacidad), servicios de apoyo a la vida independiente, servicio de coordinación de urgencias sociales, servicio de transporte adaptado, servicio de ayudas técnicas y adaptación al medio físico, viviendas tuteladas para personas en riego de exclusión, servicios de alojamiento para personas mayores y servicio de atención diurna para personas mayores.
La universalización de los servicios contemplados en el Catálogo y la Cartera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales entrará en vigor el 26 de diciembre de 2016, tal y como prevé la Ley. Este acuerdo marca el inicio de un proceso de homogeneización de los servicios en el conjunto de Euskadi.
Los servicios sociales de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, vienen de tradiciones y modelos de gestión diferentes que es imposible cambiar a corto y medio plazo. Lo que ha conseguido la cartera es que, respetando las diferentes culturas asistenciales, la ciudadanía de Euskadi pueda recibir una atención más homogénea.

Mapa de servicios
En función de este objetivo, la elaboración del Mapa de Servicios ha tenido muy en cuenta cuál es la realidad actual de cada territorio, su propia planificación y sus posibilidades de desarrollo. Por ejemplo, procurar que las residencias y los centros de día para personas mayores se ubiquen en ámbitos poblacionales de entre 15 mil y 50 mil personas.
Habida cuenta de la diferencia existente entre Territorios Históricos en cuanto a niveles de cobertura de los diversos servicios, se ha establecido que todos ellos han de tener un nivel de servicios y prestaciones de, al menos, el 80% de la media del conjunto de Euskadi.
A modo de ejemplo, la previsión, para el año 2017, y en relación con el año 2011, es de creación de 965 plazas de residencia para personas mayores, 514 plazas de residencia para personas con discapacidad, 359 plazas de centros de día para personas mayores, 134 alojamientos para personas en situación de exclusión o marginación.

Memoria Económica
En materia de financiación, el Órgano Interinstitucional de Servicios Sociales ha calculado que el dinero que tendrán que destinar el conjunto de las administraciones vascas al desarrollo previsto en la Cartera será, en el año 2017, de 1.101 millones de euros, es decir, 142 más de lo que destinaron en el año 2011, fecha de referencia de Memoria Económica.
Para facilitar el desarrollo de las nuevas prestaciones y servicios que prevé la Cartera, las instituciones vascas han acordado que el Consejo Vasco de Finanzas cree, para el año 2016 un fondo extraordinario de diez millones de euros para que los Ayuntamientos vayan adelantado algunas inversiones que puedan resultar necesarias en el cumplimiento de sus responsabilidades; fondo que a partir de 2017, y de manera indefinida, será de 20 millones de euros anuales para Ayuntamientos y Diputaciones Forales.
Un aspecto importante de la financiación de los servicios sociales es la participación de la persona usuaria en el mantenimiento de los mismos, el copago.
Estarán exentos de copago aquellos servicios destinados a personas en situaciones de fragilidad o precariedad socioeconómica: menores, personas en situación de exclusión, víctimas de maltrato, etcétera. Por el contrario, servicios tales como las residencias, los centros de día o la ayuda a domicilio seguirán, como hasta ahora, sujetas a copago en función de sus posibilidades económicas.

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Redacción EM
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Información elaborada por el equipo de redacción.

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