El Ararteko pide a Lanbide que las denegaciones de las RGI estén ‘bien motivadas’
El defensor del pueblo en el País Vasco sostiene que los escritos por los que se notifican las suspensiones, extinciones o denegaciones no suelen contener los motivos concretos por los que se adopta la decisión
El Ararteko, Íñigo Lamarca, ha dictado una recomendación de carácter general, por la que se insta a Lanbide, organismo autónomo dependiente del Departamento de Emploe y Políticas Sociales, a que las resoluciones que afecten negativamente el derecho a percibir la Renta de Garantía de Ingresos “estén bien motivadas”.
Existe una obligación legal de motivar las resoluciones limitadoras de derechos, que implica que en los escritos que se dirigen a las personas afectadas se haga una sucinta referencia de los hechos que causan esa decisión y de las normas aplicables al caso concreto. En el caso de las resoluciones de Lanbide, asegura la oficina del Ararteko, los escritos por los que se notifican las suspensiones, extinciones o denegaciones del derecho no suelen contener los motivos concretos, sino solo referencias genéricas, por lo que los afectadas desconocen la razón por la que su derecho a la prestación se ha visto perjudicado. “Esta falta de información afecta al derecho de la persona a presentar alegaciones, pues si uno desconoce el por qué de una decisión, difícilmente podrá oponerse a la misma”, sostiene Lamarca.
Finalmente, el Ararteko asegura ser “consciente de los problemas que Lanbide está experimentando en la gestión de la RGI”, pero matiza que ello no puede ser motivo para obviar “el grave daño que se puede estar ocasionando a muchas personas en riesgo o situación de exclusión social”.
La RGI es una prestación económica cuya cuantía se estima según el Salario Mínimo Interprofesional, a la que tienen derecho aquellas personas que no dispongan de recursos económicos suficientes. Con la crisis, el número de perceptores en Euskadi ha aumentado, situándose en 62.817, pero, dado que la ayuda se presta a la unidad de convivencia, se estima que se estarían beneficiando de ella 130.000 personas en la comunidad.
Existe una obligación legal de motivar las resoluciones limitadoras de derechos, que implica que en los escritos que se dirigen a las personas afectadas se haga una sucinta referencia de los hechos que causan esa decisión y de las normas aplicables al caso concreto. En el caso de las resoluciones de Lanbide, asegura la oficina del Ararteko, los escritos por los que se notifican las suspensiones, extinciones o denegaciones del derecho no suelen contener los motivos concretos, sino solo referencias genéricas, por lo que los afectadas desconocen la razón por la que su derecho a la prestación se ha visto perjudicado. “Esta falta de información afecta al derecho de la persona a presentar alegaciones, pues si uno desconoce el por qué de una decisión, difícilmente podrá oponerse a la misma”, sostiene Lamarca.
Finalmente, el Ararteko asegura ser “consciente de los problemas que Lanbide está experimentando en la gestión de la RGI”, pero matiza que ello no puede ser motivo para obviar “el grave daño que se puede estar ocasionando a muchas personas en riesgo o situación de exclusión social”.
La RGI es una prestación económica cuya cuantía se estima según el Salario Mínimo Interprofesional, a la que tienen derecho aquellas personas que no dispongan de recursos económicos suficientes. Con la crisis, el número de perceptores en Euskadi ha aumentado, situándose en 62.817, pero, dado que la ayuda se presta a la unidad de convivencia, se estima que se estarían beneficiando de ella 130.000 personas en la comunidad.