domingo, 16 febrero 2025
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Bizkaia rebaja a dos días la estancia mínima en una residencia para favorecer el respiro de los cuidadores

La Diputación aprobó un decreto foral para modificar el tiempo mínimo que una persona dependiente puede permanecer en una residencia, que hasta ahora era de 15 días
La Diputación de Bizkaia aprobó un decreto foral por el que se regula el régimen de acceso al servicio público foral de residencias para personas mayores dependientes y las condiciones de prestación del servicio residencial, en estancia temporal, con la finalidad de respiro para las familias y personas cuidadoras.
Según explican desde el propio ente foral, la experiencia de los últimos años indica que es necesario un cambio en la normativa, que apunta que “la duración mínima de estancia será de 15 días”. Así, para llevar a cabo el programa de respiro de cuidadores de personas con dependencia, la estancia temporal, por descanso o vacaciones de la persona cuidadora, entre otros supuestos, será de un mínimo de dos días. No obstante, el tiempo mínimo podrá ser inferior a dos días en los siguientes supuestos: descanso o vacaciones de la persona cuidadora principal, fallecimiento de la persona cuidadora principal, enfermedad aguda o intervención quirúrgica de la persona cuidadora principal.
“Mediante este decreto, la Diputación da otro paso para materializar el proyecto de respiro para personas cuidadoras de personas con dependencia”, manifiestan desde la Institución.
La Diputación Foral de Bizkaia ya aprobó a principios de este mes la encomienda que tiene por objeto establecer las relaciones de colaboración entre la Diputación Foral de Bizkaia y Azpiegiturak S.A.U., para la prestación de un programa piloto de respiro destinado a personas mayores dependientes en los siguientes centros de día adscritos a la citada sociedad pública foral: Gazteluondo en Bilbao, J.M. Barandiaran en Durango y Otxartaga de Ortuella.
Este servicio piloto supondrá una inversión de 129.347 euros y tiene como finalidad ofrecer a la persona cuidadora la posibilidad de disponer de un tiempo para su descanso, recuperación o desarrollo personal, o para hacer frente a una situación de necesidad puntual que le impida el ejercicio de sus funciones de cuidado durante el fin de semana.

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Redacción EM
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Información elaborada por el equipo de redacción.

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