viernes, 28 marzo 2025
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Ignacio González Rivera / Socio de Life Abogados

‘El cohousing es un antídoto contra la soledad’

'Estamos ante el nacimiento de una nueva clase social de mayores con proyectos e ilusiones. Y estas personas necesitan una solución que les permita mitigar el temor frente a un deterioro físico progresivo, alejándose de una soledad no deseada'. Con estas palabras evidencia Ignacio González Rivera, socio de Life Abogados, el auge que están experimentando estas comunidades de viviendas
Pregunta: El senior cohousing ya es una realidad en España. ¿Cuáles son los primeros pasos, a nivel jurídico, para poner en marcha un proyecto de estas características?
Respuesta:El proceso de cohousing tiene tres fases bien diferenciadas: La primera, o Fase Semilla, es la más compleja y en la que, desgraciadamente, suelen estancarse estos proyectos, por lo que habría que dedicarle especial atención. En esta fase, un grupo inicial de personas interesadas (aconsejo partir siempre de un mínimo de cinco) van a establecer las bases del proyecto. Conviene que estas personas constituyan una asociación que tendrá por objeto, precisamente, promover un conjunto residencial y de servicios orientado a personas mayores de 65 años, ya que actuará como una sola voz y único interlocutor frente a terceros. Esta asociación realizará múltiples actividades para poder llevar adelante el proyecto, interesando destacar las siguientes funciones: búsqueda del suelo donde se ubicará el conjunto residencial: para ello tendrá que sondear las distintas opciones y determinar la preferencia entre la compra de un suelo o la “compra” de un Derecho de Superficie –en este último caso, el suelo no será propiedad de la cooperativa, pero esta tendrá un derecho de uso por un periodo de 75 años–; realización de un anteproyecto técnico detallado en el que participarán activamente; diseño del conjunto de servicios mínimos que requieran –limpieza, lavandería, restauración, asistencia 24 horas, actividades sociales y deportivas, etcétera–; realización del estudio de costes necesarios para llevar a efecto la promoción de las viviendas y los servicios que desean recibir, y estudio de los mecanismos de financiación, así como la de cualquier ayuda pública que pueda estar vigente; y, por último, debate y establecimiento de un reglamento que deberá regir la prestación de los servicios y la propia convivencia entre los vecinos. La segunda fase es la Cooperativa. En esta fase, todos los miembros de la asociación constituirán formalmente una Cooperativa que estará sometida a la Ley estatal en dicha materia (Ley 17/1999 de Cooperativas) y a la Ley de Cooperativas de la comunidad autónoma en la que se implante el proyecto. Es importante tener en cuenta, especialmente, esta última legislación, pues pueden establecerse algunos requisitos básicos que afecten al proyecto de forma determinante. Esta cooperativa será la que adquiera formalmente el suelo o el derecho de superficie, la que encargará el Proyecto Técnico definitivo –y que servirá de base para la obtención de las distintas licencias– y la que promoverá la construcción del conjunto residencial a través de la empresa constructora que seleccionen. Es esencial desarrollar cuidadosamente la normativa de esta cooperativa –estatutos y reglamento–, pues determinará el marco jurídico de la propiedad y de la utilización de los servicios comunes. Y, en tercer lugar, está la Fase Cohouser. Una vez que el proyecto ha sido ejecutado y los usuarios ya están disfrutando de las viviendas, es importante establecer un régimen de convivencia, un conjunto de normas de obligado cumplimiento y un sistema de resolución de diferencias o conflictos que garanticen una vida feliz y segura de todos los cooperativistas.
Pregunta: En Life Abogados conocen este tipo de estructuras. ¿Qué debe tener en cuenta el grupo de personas que vaya a promover una comunidad de viviendas de cohousing?
Respuesta:Aunque suponga una excesiva reducción, el senior cohousing es una forma de gestionar unos servicios comunes y de crear un marco de convivencia entre personas. Por tanto, no es una cooperativa de viviendas sin más, sin perjuicio de que para poder gestionar esos servicios y esa convivencia haga falta una vivienda. Pongamos un ejemplo: si usted tiene 70 años, vive sola y le gustaría tener a una tercera persona que le eche una mano en su día a día (servicios básicos de hogar, limpieza, hacer comidas, etcétera) e, incluso, quedarse a dormir en su casa algunos días; deberá hacer frente a unos costes de entre 600 y 1.200 euros. Pero si su vecino de enfrente tiene las mismas necesidades que usted, probablemente esa misma tercera persona podrá atender a su vecino y a usted, por lo que se repartirán el coste debiendo pagar solo la mitad, –entre 300 y 600 euros–. Pero si usted reside en un colectivo más amplio de vecinos con las mismas necesidades, entonces este coste quedará diluido en una cantidad mucho más baja y, además, podrá acceder a otros servicios, y con unos costes muy reducidos, pero que serían inasumibles si usted viviera sola. Partiendo de este hecho diferencial, lo que se debe tener en cuenta a la hora de promover una comunidad de viviendas en régimen de cohousing es el de adecuar el conjunto residencial a esos servicios y esa convivencia (diseñando viviendas adaptadas al momento presente y a lo que puede ser la vida de esos vecinos dentro de 10, 15 o 20 años, eliminando barreras arquitectónicas y generando espacios seguros y que fomenten la convivencia), planificar y diseñar qué servicios comunes desean recibir y que vayan a ser necesarios para ese colectivo de vecinos (en el momento presente y futuro) y hacer frente, desde el primer día, al debate de cómo se van a atender las necesidades específicas que pueda presentar un vecino en un momento determinado de su vida, y que afecte a su autonomía.
Pregunta: ¿Cuál es el coste económico aproximado que puede conllevar poner en marcha un proyecto de cohousing para los cooperativistas? ¿Y mensualmente, hay costes fijos?
Respuesta:Dependerá de la ubicación y del tipo de conjunto residencial, ya que no es lo mismo un proyecto en un centro urbano, que en un entorno rural. Ni tampoco es lo mismo un proyecto residencial desarrollado en un edificio, que en un conjunto residencial de viviendas unifamiliares. También variará en función de los apoyos públicos, puesto que determinados proyectos parten de un apoyo de la Administración –normalmente de los ayuntamientos–, en virtud del cual, aquel cede el terreno en el que se construirá el conjunto residencial o, en su caso, otorga un derecho de superficie por un periodo de 75 años a cambio de un canon. Cabe decir que los costes en este tipo de proyectos se reducen de forma significativa. Otra variable que influye de manera esencial es el número de cooperativistas/usuarios, pues la distribución de los costes siempre es menor cuantos más sean. Finalmente, hay que tener muy en cuenta los servicios que los cooperativistas desean recibir. Y es que el cohousing es una clase de comunidades de viviendas independientes, en las que priman las zonas y servicios comunes en detrimento de la vivienda de cada usuario. Es decir, lo importante son los servicios y la convivencia, frente a la vivienda individual. Y puesto que en el cohousing se integran dos conceptos distintos, vivienda y servicios, por un lado será necesario hacer frente a un coste inicial (la vivienda) y, por otro lado, a un coste mensual por los servicios de la cooperativa. En cualquier caso, el precio medio de la vivienda en un proyecto de cohousing suele situarse en una horquilla de entre 70.000 y 130.000 euros –para inmuebles de 50 a 60 metros cuadrados–, dependiendo de si existe, o no, un apoyo público. Respecto a los servicios, cada usuario deben hacer frente, con carácter mensual, a unos servicios comunes, que determinarán el precio o cuota a pagar cada mes. Así, en el caso de que se trate de un conjunto residencial de 50 usuarios y de los servicios básicos más demandados (limpieza, lavandería, recepción, monitor para actividades sociales, deportivas, etcétera, y una asistencia básica de 24 horas en materia de salud y seguridad), el coste mensual puede situarse en una horquilla de entre 400 y 500 euros al mes. Finalmente, estaría el servicio de cafetería/restauración, que puede llegar a representar un coste muy elevado. Además, en muchas ocasiones es cada usuario el que se hace su propia comida en su vivienda, por lo que es muy difícil repercutir este servicio a partes iguales entre todos los vecinos. Por ello, recomendamos acudir a un servicio externo de catering con el que cada usuario haga frente al coste cada vez que acceda a este servicio.
Pregunta: ¿Cuál es el perfil más habitual de las personas interesadas en crear este tipo de unidades de convivencia?
Respuesta:El denominador común es el de personas que quieren continuar viviendo, frente al concepto tradicional de ‘retiro’. Con una actitud positiva ante la vida; personas con una biografía muy intensa a nivel profesional y familiar. Suele tratarse de personas viudas, de entre 60 y 75 años, de toda clase social económica, pero con un buen grado de formación e inquietud personal.
Pregunta: Recientemente, sugería la posibilidad de ceder la vivienda habitual a la gestora para que, con ese alquiler, se pague la cuota de la cooperativa. ¿Puede detallar cómo sería este sistema?
Respuesta:En el ámbito de la financiación del cooperativista, estamos trabajando en soluciones distintas que permitan al usuario hacer frente a la cuota de ingreso y/o a la cuota de gastos por los servicios mensuales recibidos de la cooperativa.  Pero aquellos cooperativistas propietarios de una vivienda tienen la posibilidad de cederla a la gestora de la cooperativa para la gestión de su alquiler a un tercero. En estos casos, la cooperativa se encarga tanto de la selección del inquilino como de la contratación de un seguro de impago o desperfectos; y de la reparación del contrato de arrendamiento y de toda la documentación que sea precisa, como el certificado de eficiencia energética. Obviamente, el importe obtenido por el arrendamiento se destina al pago de la cuota mensual que el usuario tiene que hacer a la cooperativa, y el sobrante, en su caso, se reintegra al propietario del inmueble. Además, al contratarse un seguro de impago, el propietario tiene que estar tranquilo, porque durante la vigencia del arrendamiento de su vivienda a un tercero va a quedar pagada su cuota por los servicios que recibe de la cooperativa.
Pregunta: ¿A nivel público, cree que son suficientes los apoyos a este tipo de iniciativas?
Respuesta:A nivel estatal, estamos asistiendo a una creciente sensibilización política y social hacia estas iniciativas, lo que propició que el pasado 14 de noviembre de 2017 se aprobase la primera Proposición No de Ley por el Congreso de los Diputados sobre la materia y cuyo objeto consistía en solicitar al Gobierno que facilitase e impulsase el desarrollo de las viviendas colaborativas. En este clima de creciente sensibilización, el pasado 9 de marzo se aprobó el Real Decreto 106/2018 por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, y que contempla, por primera vez, un Programa de fomento de viviendas para personas mayores –Capítulo X del Plan de Vivienda–, consistente en un paquete de medidas y ayudas para el fomento de conjuntos residenciales con instalaciones y servicios comunes orientados a personas mayores de 65 años. Y a nivel municipal, lo cierto es que la Administración local ha venido ayudando a promover, en solitario o en colaboración con distintas administraciones públicas, distintas iniciativas de senior cohousing (para personas mayores de 65 años) y cohousing salud (para la adaptación física y mental de personas con problemas de salud, desde Alzheimer, autismo o discapacidad intelectual), mediante el acceso a los terrenos necesarios para asentar sobre ellos el complejo residencial a construir.
Pregunta: ¿Por qué cree que está tan en auge este tipo de viviendas, frente al clásico modelo residencial?
Respuesta:En la génesis del cohousing hay tres elementos fundamentales. En primer lugar, la esperanza de vida y la longevidad. Y es que actualmente en España hay más de ocho millones de personas mayores de 65 años y más de nueve millones de personas de entre 50 y 65 años. La esperanza de vida se sitúa en los 85 años para las mujeres, y en los 80 años para los hombres; pero este es un indicador que se mide tomando como referencia la fecha de nacimiento, por lo que esta esperanza de vida en una persona de 60 años es siempre mayor. Y, afortunadamente, estas cifras siguen creciendo, año tras año. En resumidas cuentas, cuando una persona cumple los 60 años puede tener por delante, por lo menos, un tercio de su vida. El segundo elemento es el de la soledad, pues dos millones de personas, mayores de 65 años viven solas. Y el tercero, el de la salud. Las personas mayores no son enfermos, sino simplemente mayores. En este sentido, el estado de salud de las personas mayores que se ocupan, preocupan y se cuidan es muy buena y les permite poder “continuar” viviendo después de los 65 años, frente a ese concepto antiguo de ‘retiro’ y de la asimilación de una persona mayor a una persona enferma o incapaz. Estamos ante el nacimiento de una nueva clase social: la de personas mayores con proyectos e ilusiones, con deseos de convivencia, de hacer nuevas amistades, de integrarse en la vida. Y estas personas necesitan una solución que les permita mitigar el temor frente a un deterioro físico progresivo y les haga vivir feliz en comunidad, compartiendo y alejándose de una soledad no deseada y que solo genera mayor deterioro, y frustración. Y es que el cohousing, a fin de cuentas, es un antídoto contra la soledad, una nueva forma de vida llamada a hacer feliz a mucha gente mayor con ganas de vivir y de relacionarse.

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Redacción EM
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Información elaborada por el equipo de redacción.

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