El enésimo hachazo al sistema

En primer lugar, el texto normativo sostiene que serán incompatibles las prestaciones económicas entre sí y con los servicios incluidos en el catálogo, excepto los de prevención de la dependencia y la teleasistencia, lo mismo que ocurre con los servicios entre sí. Ello, no obstante, no cierra la puerta a que los gobiernos autonómicos puedan establecer nuevas compatibilidades, pero en ese caso tendrán que costear ellos mismos el servicio complementario.
En segundo lugar, el mismo decreto contempla que “con independencia de la fecha en que se haya producido su reconocimiento, las cuantías máximas de las prestaciones económicas correspondientes a los grados III, II y I serán las que se determinan en el RD 20/2012”, es decir, afectarán también a las personas que lleven más de dos años dentro del sistema.