Beneficios para la contratación de seguros de dependencia
En su reforma fiscal, el Gobierno prepara incentivos para productos de previsión como los planes de pensiones y los seguros de vida y de dependencia
Aunque todavía se está perfilando su contenido, sobre la reforma fiscal que prepara el Gobierno se saben ya algunos detalles. Por ejemplo, que incluirá incentivos a la contratación de productos de ahorro-previsión o, lo que es lo mismo, planes de pensiones, seguros de vida, de dependencia y planes individuales de ahorro sistemático. Cumple así, el Ejecutivo, con algunas viejas reclamaciones de la patronal aseguradora.
En el ámbito de los seguros de dependencia, desde Unespa aseguran que “nuevas y específicas medidas de tipo fiscal y en relación con la determinación de la capacidad económica personal del beneficiario” da- rían el impulso que permitiría “la paulatina extensión a todos los ciudadanos” de estos productos. Así, la prioridad es, afirman, dejar fuera del cálculo de la capacidad económica del beneficiario de la Ley de Dependencia la contratación de un seguro privado, pues, sostienen, “es una contradicción” que estos productos incrementen su nivel de copago “cuando su finalidad es facilitar la cofinanciación de los servicios establecidos en la ley”.
También cree la patronal que habría que establecer un límite máximo de reducción a la base imponible para las primas satisfechas independiente del límite conjunto aplicable al resto de sistemas de previsión social; que el contribuyente pueda realizar aportaciones adicionales con derecho a reducción en el IRPF a favor de familiares sin consumir su propio límite; la exención de las prestaciones derivadas de estos seguros o el fomento de la movilización del patrimonio de la persona dependiente para hacer frente a la cobertura de su dependencia.
En el ámbito de los seguros de dependencia, desde Unespa aseguran que “nuevas y específicas medidas de tipo fiscal y en relación con la determinación de la capacidad económica personal del beneficiario” da- rían el impulso que permitiría “la paulatina extensión a todos los ciudadanos” de estos productos. Así, la prioridad es, afirman, dejar fuera del cálculo de la capacidad económica del beneficiario de la Ley de Dependencia la contratación de un seguro privado, pues, sostienen, “es una contradicción” que estos productos incrementen su nivel de copago “cuando su finalidad es facilitar la cofinanciación de los servicios establecidos en la ley”.
También cree la patronal que habría que establecer un límite máximo de reducción a la base imponible para las primas satisfechas independiente del límite conjunto aplicable al resto de sistemas de previsión social; que el contribuyente pueda realizar aportaciones adicionales con derecho a reducción en el IRPF a favor de familiares sin consumir su propio límite; la exención de las prestaciones derivadas de estos seguros o el fomento de la movilización del patrimonio de la persona dependiente para hacer frente a la cobertura de su dependencia.