Renta 2017: los expertos insisten en ver con detalle los beneficios fiscales de cada comunidad autónoma
Hasta el 2 de julio, se calcula que se presentarán alrededor de 20 millones de declaraciones. Se recomienda poner atención en verificar las desgravaciones que son aplicadas en cada región, puesto que muchas son desconocidas para la población y pueden beneficiar al contribuyente

Una de las fechas clave en nuestro calendario personal es el de la campaña de la Declaración de la Renta. Este año se trata de una campaña más larga de lo habitual. En marcha desde el 4 de abril, tendrá como fecha tope el 2 de julio, al coincidir el día 30 en sábado.
El ejercicio pasado se presentaron cerca de 19,6 millones de declaraciones y en esta se esperan 100.000 más. La novedad estrella ha sido el lanzamiento de la nueva ‘app’ de la Agencia Tributaria. Las funciones principales de la aplicación, además de permitir la consulta de datos fiscales, son solicitar cita previa para ser atendidos en las oficinas y presentar la declaración desde el propio móvil ‘en un solo clic’. Se amplía el programa ‘Le llamamos’, que el pasado ejercicio no fue más que una prueba piloto. Este año ofrecerá un mayor servicio para quien desee presentar su declaración telefónicamente. Para ello, será necesario haber pedido cita concertando fecha y hora de llamada. Otra de las novedades es el fin del SMS con el número de referencia y el cese del envío de borradores por correo postal.
QUIÉN DEBE PRESENTAR SU DECLARACIÓN
Aunque no todo el mundo está obligado a realizar la declaración, los expertos recomiendan solicitar el borrador, ya que tiene un carácter meramente informativo.
En términos generales, los llamados a esta cita son quienes hayan percibido una renta anual que supere los 22.000 euros. Sin embargo, el límite se fija en los 12.000 euros anuales para las personas cuyos ingresos durante 2017 hayan procedido de más de un pagador, siempre que los percibidos por el segundo y restantes superen los 1.500 euros.
Ese mínimos exento de 22.000 euros hace referencia también a las prestaciones pasivas, es decir, las pensiones, prestaciones y los haberes pasivos recibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social. Ahora bien, en cuanto a pensiones, existen una serie de rentas que están exentas. Entre otras, la pensión de orfandad, viudedad, anualidades por alimentos percibidas de los padres por decisión judicial o pensiones por inutilidad o incapacidad permanente.
En cuanto a las pensiones que proceden del extranjero, también debe hacer la declaración. En este caso, si esta segunda pensión supera los 1.500 euros anuales, el límite para no presentar IRPF desciende hasta los 11.200 euros anuales de ingresos.
ALGUNAS VENTAJAS FISCALES DE LAS PERSONAS MAYORES
A la espera de ver cómo quedan los Presupuestos Generales del Estado 2018, que podrían conllevar algunas desgravaciones a tener en cuenta por las personas mayores en la declaración del próximo ejercicio, los expertos señalan poner la lupa en ciertas exenciones.
Así, por ejemplo, señalan que las aportaciones que uno realice a su plan de pensiones durante el año se desgravarán de la base imponible del IRPF hasta un límite de 8.000 euros. Los límites son algo mayores para personas con discapacidad y también en regiones como Euskadi. Así, invertir en uno puede ser interesante, si bien hay que tener en cuenta que a la hora de rescatarlo habrá que pagar los impuestos correspondientes. Por eso, si ha llegado el momento de jubilarse, no se aconseja recuperar el plan inmediatamente para no sumar esa renta a su último salario y pagar más.
Si el contribuyente convive con personas mayores de 65 años al menos durante medio año, también se puede desgravar.
En el caso concreto de los contribuyentes mayores de 65 años o de las personas que se encuentren en situación de dependencia severa o de gran dependencia, no tendrán que rendir cuentas por las ganancias de la transmisión de su vivienda habitual. Asimismo, este colectivo podrá desprenderse de otros bienes sin tener que tributar, siempre que la suma no supere los 240.000 euros y se destine a la creación de una renta vitalicia en el plazo de seis meses. Se trata de una exención aplicable a todo el territorio salvo Gipuzkoa y Navarra, que introducen otras condiciones. Otra exención sobre las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual se refiere a cuando el importe obtenido se reinvierta en la adquisición o rehabilitación de otra vivienda habitual en un plazo de dos años.
DESGRAVACIONES AUTONÓMICAS
Los pequeños detalles son lo que no deben escaparse de nuestra atención. Es fundamental que figuren todos los ingresos, pero también no debemos olvidar las desgravaciones que puedan ser aplicables, por ejemplo, en cuanto a donaciones o reformas en la vivienda, por poner dos ejemplos.
Aquí es esencial atender a las que afectan a cada comunidad porque disponen de unos beneficios fiscales determinados, que pueden suponer una gran diferencia y muchos son desconocidos por la población.
Por ejemplo, en el caso de los planes de pensiones, Gestha recuerda que el ahorro fiscal de estas aportaciones oscila entre un mínimo del 19% o el 21,5% hasta un máximo del 45% o el 48% de la inversión realizada, según las variaciones tributarias aprobadas por cada comunidad.
Por este tipo de divergencias, los expertos recomiendan descargar el ‘Manual de la Renta’ en la web de la Agencia Tributaria, donde se pueden repasar los apartados que interesen a cada contribuyente, según su residencia y situación personal.
Es conveniente guardar todos los recibos o justificantes para prevenir evitar incidencias.
Y por último, es fundamental guardar el soporte documental de la declaración hasta que se cumplan al menos cinco años desde que se presentó, ya que en caso de que la Agencia Tributaria lo requiera, deberemos ser nosotros los que aportemos toda la documentación necesaria.
>> OPINIÓN: 'Nunca se es muy mayor para pagar menos a Hacienda. Por Antonio Paredes, experto Tributario de los Técnicos de Hacienda (Gestha)
>> Las fechas clave a tener en cuenta esta campaña
El ejercicio pasado se presentaron cerca de 19,6 millones de declaraciones y en esta se esperan 100.000 más. La novedad estrella ha sido el lanzamiento de la nueva ‘app’ de la Agencia Tributaria. Las funciones principales de la aplicación, además de permitir la consulta de datos fiscales, son solicitar cita previa para ser atendidos en las oficinas y presentar la declaración desde el propio móvil ‘en un solo clic’. Se amplía el programa ‘Le llamamos’, que el pasado ejercicio no fue más que una prueba piloto. Este año ofrecerá un mayor servicio para quien desee presentar su declaración telefónicamente. Para ello, será necesario haber pedido cita concertando fecha y hora de llamada. Otra de las novedades es el fin del SMS con el número de referencia y el cese del envío de borradores por correo postal.
QUIÉN DEBE PRESENTAR SU DECLARACIÓN
Aunque no todo el mundo está obligado a realizar la declaración, los expertos recomiendan solicitar el borrador, ya que tiene un carácter meramente informativo.
En términos generales, los llamados a esta cita son quienes hayan percibido una renta anual que supere los 22.000 euros. Sin embargo, el límite se fija en los 12.000 euros anuales para las personas cuyos ingresos durante 2017 hayan procedido de más de un pagador, siempre que los percibidos por el segundo y restantes superen los 1.500 euros.
Ese mínimos exento de 22.000 euros hace referencia también a las prestaciones pasivas, es decir, las pensiones, prestaciones y los haberes pasivos recibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social. Ahora bien, en cuanto a pensiones, existen una serie de rentas que están exentas. Entre otras, la pensión de orfandad, viudedad, anualidades por alimentos percibidas de los padres por decisión judicial o pensiones por inutilidad o incapacidad permanente.
En cuanto a las pensiones que proceden del extranjero, también debe hacer la declaración. En este caso, si esta segunda pensión supera los 1.500 euros anuales, el límite para no presentar IRPF desciende hasta los 11.200 euros anuales de ingresos.
ALGUNAS VENTAJAS FISCALES DE LAS PERSONAS MAYORES
A la espera de ver cómo quedan los Presupuestos Generales del Estado 2018, que podrían conllevar algunas desgravaciones a tener en cuenta por las personas mayores en la declaración del próximo ejercicio, los expertos señalan poner la lupa en ciertas exenciones.
Así, por ejemplo, señalan que las aportaciones que uno realice a su plan de pensiones durante el año se desgravarán de la base imponible del IRPF hasta un límite de 8.000 euros. Los límites son algo mayores para personas con discapacidad y también en regiones como Euskadi. Así, invertir en uno puede ser interesante, si bien hay que tener en cuenta que a la hora de rescatarlo habrá que pagar los impuestos correspondientes. Por eso, si ha llegado el momento de jubilarse, no se aconseja recuperar el plan inmediatamente para no sumar esa renta a su último salario y pagar más.
Si el contribuyente convive con personas mayores de 65 años al menos durante medio año, también se puede desgravar.
En el caso concreto de los contribuyentes mayores de 65 años o de las personas que se encuentren en situación de dependencia severa o de gran dependencia, no tendrán que rendir cuentas por las ganancias de la transmisión de su vivienda habitual. Asimismo, este colectivo podrá desprenderse de otros bienes sin tener que tributar, siempre que la suma no supere los 240.000 euros y se destine a la creación de una renta vitalicia en el plazo de seis meses. Se trata de una exención aplicable a todo el territorio salvo Gipuzkoa y Navarra, que introducen otras condiciones. Otra exención sobre las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual se refiere a cuando el importe obtenido se reinvierta en la adquisición o rehabilitación de otra vivienda habitual en un plazo de dos años.
DESGRAVACIONES AUTONÓMICAS
Los pequeños detalles son lo que no deben escaparse de nuestra atención. Es fundamental que figuren todos los ingresos, pero también no debemos olvidar las desgravaciones que puedan ser aplicables, por ejemplo, en cuanto a donaciones o reformas en la vivienda, por poner dos ejemplos.
Aquí es esencial atender a las que afectan a cada comunidad porque disponen de unos beneficios fiscales determinados, que pueden suponer una gran diferencia y muchos son desconocidos por la población.
Por ejemplo, en el caso de los planes de pensiones, Gestha recuerda que el ahorro fiscal de estas aportaciones oscila entre un mínimo del 19% o el 21,5% hasta un máximo del 45% o el 48% de la inversión realizada, según las variaciones tributarias aprobadas por cada comunidad.
Por este tipo de divergencias, los expertos recomiendan descargar el ‘Manual de la Renta’ en la web de la Agencia Tributaria, donde se pueden repasar los apartados que interesen a cada contribuyente, según su residencia y situación personal.
Es conveniente guardar todos los recibos o justificantes para prevenir evitar incidencias.
Y por último, es fundamental guardar el soporte documental de la declaración hasta que se cumplan al menos cinco años desde que se presentó, ya que en caso de que la Agencia Tributaria lo requiera, deberemos ser nosotros los que aportemos toda la documentación necesaria.
>> OPINIÓN: 'Nunca se es muy mayor para pagar menos a Hacienda. Por Antonio Paredes, experto Tributario de los Técnicos de Hacienda (Gestha)
>> Las fechas clave a tener en cuenta esta campaña