Los derechos de las personas mayores ponen los pies en la tierra

Justo antes de iniciarse el 58º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas –que tuvo lugar del 24 de febrero al 4 de abril–, desde entremayores contactamos con Garop –The Global Alliance for the Rights of Older People–, buque insignia de la defensa de los derechos del colectivo sénior que lleva desde su fundación, en 2011, dando voz a las personas mayores a nivel mundial. Ina Voelcker y Rose Gahire, copresidentas de esta red internacional que aglutina a más de 400 organizaciones, reconocían “asistir con interés” a esta reunión. “Nos encontramos en una coyuntura crítica y los Gobiernos deben decidir juntos un camino concreto para garantizar que todos podamos envejecer con derechos, tanto si somos mayores ahora como si lo seremos en el futuro”, aseguraron.
Las expectativas eran altas en ese camino para iniciar, por fin, la redacción de una Convención Internacional de Derechos de las Personas Mayores. Y tras más de dos décadas de debates en el seno de la ONU sobre este asunto, en 2024, dos hechos acercaban ese objetivo largamente perseguido. El primero, en mayo del año pasado, cuando Naciones Unidas aprobó trasladar la cuestión a la reunión del Consejo de Derechos Humanos de Ginebra. El segundo llegó con el giro copernicano del pasado verano, cuando tras 14 años de trabajo a pico y pala, el Open Working Group of Ageing (OEWGA) –Grupo de Trabajo de Composición Abierta sobre el Envejecimiento–, daba por finalizada su labor. En concreto, en agosto, durante la 78ª sesión de la Asamblea General de Naciones Unidas, donde se aprobó una nueva resolución que abría una ventana de esperanza para la adopción de una futura convención de Naciones Unidas sobre los derechos de los mayores. La Asamblea General, sin necesidad de votación, adoptó en esa resolución otros dos acuerdos –junto a la aceptación de la finalización de la labor de OEWGA–: los órganos pertinentes de Naciones Unidas, como el Consejo de Derechos Humanos, deberán examinar las recomendaciones aprobadas por el Grupo; y que se celebre una reunión de alto nivel en el siguiente periodo de sesiones –esta de la que hablamos– para intercambiar opiniones y compartir experiencias sobre las recomendaciones que contribuyan a diseñar los próximos pasos en relación con los derechos y el bienestar de las personas mayores.
“Ha sido un año de transición, en el que la sociedad civil ha desempeñado un papel esencial como motor del cambio, evidenciando su firme compromiso y capacidad de incidencia”, destacan para nuestro periódico desde la Mesa Estatal por los Derechos de las Personas Mayores, cuya coordinación técnica recae, actualmente, en HelpAge International España.
Llegábamos, por tanto, a esta reunión de alto nivel celebrada recientemente, confiando, como decían Voelcker y Gahire, “que el mejor resultado sería la creación de un grupo de trabajo intergubernamental encargado de redactar un instrumento internacional jurídicamente vinculante (o una convención)”. Y así fue, el sueño se hizo realidad. El 3 de abril, los Estados miembro aprobaron, por consenso, la resolución para iniciar esta redacción.

EL PAPEL DE ESPAÑA
La Declaración Política y Segundo Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento de 2002 fue un punto de inflexión en la forma de abordar el envejecimiento. Para Mayte Sancho Castiello, directora general del Imserso, además de en los “aspectos organizativos –que vendrían– y su impacto en Naciones Unidas”, esta declaración influyó en el marco conceptual. “Se generalizó el concepto de envejecimiento activo con todo lo que esto supone en la vida de las personas. De alguna forma, se reconoció socialmente que las personas cuando cumplimos 60 o 65 años tenemos proyectos de vida, ilusiones y deseos de aprender, que no es poco”.
La Mesa Estatal añade que el papel de España “ha cobrado especial relevancia en los últimos cuatro años. En 2021, el Senado acogió una ponencia de estudio centrada en esta futura convención, que dio paso a la aprobación de una moción instando al Gobierno a apoyar el proceso. Más tarde, esta línea de acción fue incorporada al II Plan Nacional de Derechos Humanos, y en 2023, el PSOE presentó una Propuesta No de Ley (PNL) en el Congreso. Aunque el respaldo no fue unánime entre los grupos parlamentarios, se ha consolidado una posición favorable por parte de España hacia la creación de esta convención”.
Y justo este II Plan Nacional de Derechos Humanos ha sido ahora definitivo. Sancho señala que, efectivamente, “ha tenido un peso muy importante en estas negociaciones, en su condición de marco general español de avance en los derechos humanos. Dicho enfoque de derechos humanos es el que ha permitido que la negociación sobre la convención se traslade al Consejo de Derechos Humanos en Ginebra y eso ha agilizado enormemente las negociaciones”, puntualiza.
A esto se suma, como subraya la Mesa Estatal, “la elección de España como miembro del Consejo de Derechos Humanos hasta 2027. Este rol no solo conlleva un reconocimiento, sino también una responsabilidad, implica un mayor compromiso con la promoción y defensa de los derechos fundamentales en todos los ámbitos, incluido el envejecimiento”.
¿POR QUÉ HA COSTADO TANTO?
Los datos, actuales y venideros, que nos llevan a pensar que alcanzar este fin era muy necesario son evidentes. Según estimaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en 2030, una de cada seis personas en el mundo tendrá 60 años o más. En ese momento, ese grupo habrá pasado de los 1.000 millones en 2020 a 1.400 millones. En 2050, la población mundial de personas de 60 años o más se habrá duplicado (2.100 millones). Y, por abundar con estadísticas, se prevé que el número de personas de 80 años o más se triplique entre 2020 y 2050, hasta alcanzar los 426 millones.
Todos estos cálculos determinan el retrato de un colectivo muy representativo de la población, con visos de aumentar significativamente, y quizás hayan sido el verdadero acicate para adoptar esta resolución. La Mesa Estatal por los Derechos de las Personas Mayores así lo cree también. “El acelerado envejecimiento demográfico, tanto en países del norte como del sur global, ha sido un factor determinante para que crezca la conciencia sobre la urgencia de avanzar hacia una convención específica que garantice plenamente los derechos de las personas mayores”, señalan.
Pero, ¿por qué se ha tardado tanto? También desde la Mesa Estatal nos explican que “una de las principales razones ha sido la percepción, por parte de muchos Estados, de que el marco internacional actual ya protege suficientemente a las personas mayores, lo cual ha dificultado el consenso –una idea que comparte la también médica y antropóloga, Vânia de la Fuente-Núñez–. Sin embargo, diferentes actores –incluyendo expertos, defensores del pueblo y organizaciones de la sociedad civil– han evidenciado la existencia de lagunas jurídicas y prácticas que comprometen seriamente los derechos de las personas mayores”.
LA TRASCENDENCIA
Tras el acuerdo de iniciar este proceso, los titulares no podían ser más grandilocuentes. “Hito histórico” fue el más leído o escuchado. Pero ¿cuál es la relevancia de una convención? La experta independiente sobre Envejecimiento Saludable y Edadismo de la ONU, Vânia de la Fuente-Núñez, nos aproxima al concepto. “Es un documento legalmente vinculante en el que se establecen los derechos de un grupo específico de personas o se aborda una cuestión concreta como la tortura. En este caso, estamos hablando de un documento exigible por ley que protegería los derechos de las personas mayores. Cualquier Estado miembro de la ONU puede ratificar una convención y con ello, aceptar cumplir sus reglas. Una vez que un país ratifica, debe o bien adaptar sus leyes y políticas nacionales o bien aprobar nueva legislación para hacer efectivos los derechos incluidos en la convención. Por todo esto, una convención tendría fuerza jurídica obligatoria para los países que la ratifiquen”. Esto último es lo que da enjundia a esta decisión, lo que da sentido a ese titular de “logro histórico”. Como apostillan desde la Mesa Estatal, “la redacción de la convención supone el inicio de un proceso largamente esperado por millones de personas mayores en todo el mundo. Que se empiece a concretar un texto legal internacional centrado exclusivamente en sus derechos representa un gran avance”. Y aunque su aprobación no será inmediata ni su entrada en vigor automática –por ejemplo, la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad tardó cinco años en concretarse desde la creación del grupo de trabajo, que es donde nos encontramos ahora– “lo relevante ahora, es que existe una voluntad política creciente a nivel internacional y un reconocimiento claro de que este instrumento es imprescindible. La convención puede contribuir significativamente a garantizar la igualdad de derechos y la dignidad de las personas mayores, fomentando un cambio cultural y legal en nuestras sociedades”, añaden.
CÓMO HACERLA EFECTIVA EN UN MUNDO TAN DESIGUAL
Nuestras sociedades no van a la misma velocidad. Nos preguntamos cómo redactar un instrumento internacional jurídicamente vinculante cuando las diferencias legales, sociales, culturales, etcétera, entre países o continentes son tan abismales. Para Vânia de la Fuente, “lo importante es que la convención responda a las múltiples lagunas identificadas a lo largo de los 14 años de trabajo del Grupo de Trabajo de Composición Abierta de las Naciones Unidas sobre el Envejecimiento y que refleje las voces de las personas mayores y de las organizaciones que las representan”.
Posteriormente, “la implementación, como ha sucedido con otras convenciones, no será inmediata, pero los países que la ratifiquen iniciarán un proceso progresivo de mejora en la protección de estos derechos”. En este sentido, desde la Mesa Estatal por los Derechos de las Personas Mayores tienen claro que “la futura convención será especialmente relevante en aquellas regiones donde actualmente no existe ningún marco específico para la protección de los derechos de las personas mayores, como Asia, Oriente Medio, Oceanía y Europa. La falta de marcos regionales ha dejado un vacío de protección que la convención podría ayudar a completar”.
Eso sí, la experta subraya que “para que su aplicación sea equilibrada, especialmente frente a la desigualdad global, será fundamental que la convención incorpore un enfoque de cooperación internacional y responsabilidades compartidas, ofreciendo marcos flexibles y apoyos técnicos que permitan una adaptación gradual”. Y, como también sostienen desde la Mesa Estatal, “su desarrollo requerirá del compromiso activo de los Estados, tanto en el proceso de elaboración como en su implementación futura. Solo mediante una cooperación internacional sostenida, acompañada de recursos y voluntad política, se podrá garantizar una respuesta equitativa y eficaz para proteger los derechos de las personas mayores, independientemente del contexto nacional”.
PRÓXIMOS PASOS
La elaboración de este instrumento, como se ha sugerido, es un proceso complejo y largo. La resolución establece que el grupo de trabajo intergubernamental de composición abierta –es decir, abierto a la participación de la sociedad civil– encargado de redactar la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas Mayores, se reunirá dos veces al año en Ginebra, en sesiones híbridas de cinco días (si la Asamblea General de las Naciones Unidas lo aprueba), que serán retransmitidas por Internet.
Lo más inmediato ahora es celebrar una sesión organizativa –antes de finales de 2025 y, a más tardar, antes del inicio del 61º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, previsto para marzo de 2026– para determinar cómo se dotará de recursos y conformar el nuevo grupo de trabajo intergubernamental que deberá presentar un informe sobre los progresos realizados al Consejo de Derechos Humanos para que lo examine en su 63º período de sesiones –prevista para finales de 2026– y que publique el informe en un formato accesible y de fácil lectura.