Más ayudas del Ayuntamiento para familias con pocos recursos
El Gobierno madrileño aprueba una subvención de 60 euros anuales para el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a partir de 2012
El Gobierno de la Ciudad de Madrid sigue ofreciendo su apoyo a las familias con menos recursos económicos. Además de la exención del pago de la tasa de basura, establecida por el Ayuntamiento en 2009, estos contribuyentes podrán beneficiarse de una ayuda de 60 euros anuales para el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a partir de 2012. La subvención es equivalente a una bonificación del 25% en la cuota del IBI. Concretamente, para más del 60% de los beneficiarios la ayuda supondrá entre un 25 y un 50% de bonificación en el impuesto. La Junta de Gobierno aprobó el 3 de noviembre el proyecto de Ordenanzas Fiscales para el próximo año, que recibirán su aprobación definitiva en el próximo Pleno municipal. Por tercer año consecutivo y debido a la crisis económica, el Ayuntamiento congela los tipos y tarifas de los impuestos y tasas municipales para 2012.
Los beneficiarios
Los contribuyentes que pueden beneficiarse de las ayudas de 60 euros anuales para pagar el IBI (han de solicitar la subvención) son: Por un lado, las familias que el año anterior hayan podido aplicarse la reducción de la tasa de basuras. El propósito es que la subvención del Ayuntamiento vaya a aquellos contribuyentes que acrediten una capacidad económica por debajo de los límites fijados en la ordenanza reguladora de la tasa. Por el otro, personas cuya vivienda habitual tuviera un valor catastral inferior a 10.001 euros.
En ambos casos, la ayuda económica está destinada a compensar a aquellas personas que aún teniendo pocos recursos hayan contribuido al sostenimiento de los gastos públicos a través del pago del IBI, por lo que será requisito imprescindible que el beneficiario sea, respecto a su vivienda habitual, el obligado al pago del tributo.
Los beneficiarios
Los contribuyentes que pueden beneficiarse de las ayudas de 60 euros anuales para pagar el IBI (han de solicitar la subvención) son: Por un lado, las familias que el año anterior hayan podido aplicarse la reducción de la tasa de basuras. El propósito es que la subvención del Ayuntamiento vaya a aquellos contribuyentes que acrediten una capacidad económica por debajo de los límites fijados en la ordenanza reguladora de la tasa. Por el otro, personas cuya vivienda habitual tuviera un valor catastral inferior a 10.001 euros.
En ambos casos, la ayuda económica está destinada a compensar a aquellas personas que aún teniendo pocos recursos hayan contribuido al sostenimiento de los gastos públicos a través del pago del IBI, por lo que será requisito imprescindible que el beneficiario sea, respecto a su vivienda habitual, el obligado al pago del tributo.
