sábado, 18 enero 2025
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Las pensiones contributivas se han revalorizado un 2,8% este año y las no contributivas, un 9%

El Consejo de Ministros aprobó la medida en diciembre, una decisión que supone que 12 millones de pensiones y prestaciones suben en 2025 y con la que el Gobierno mantiene su compromiso de garantizar el poder adquisitivo de los pensionistas y favorecer a las personas más vulnerables

Intervención del presidente del Gobierno tras el anuncio de la revalorización de las pensiones. / POOL MONCLOA/FERNANDO CALVO

El Consejo de Ministros aprobó, el pasado mes de diciembre, la revalorización de las pensiones contributivas, con carácter general, un 2,8% y la subida de la cuantía anual de las pensiones no contributivas un 6,9%. Esta decisión supone que 12 millones de pensiones y prestaciones suben en 2025.

De hecho, la pensión media del sistema se situó en diciembre de 2024 en 1.261,9 euros al mes. Esta cuantía incluye las distintas clases de pensión contributiva (jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares). En el caso de la pensión de jubilación, la media está en 1.449,9, mientras que la pensión media de viudedad es de 899,3 euros al mes.

En el caso de las pensiones no contributivas, tanto las de jubilación como las de invalidez se han incrementado hasta los 7.905,80 euros anuales (568,70 euros mensuales en 14 pagas).

Las pensiones que más han subido son las más bajas, que corresponden a las personas con menor renta. Además, la subida tiene un efecto directo en la reducción de la brecha de género, uno de los objetivos irrenunciables del Gobierno.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunciaba en diciembre que la subida, que ya es efectiva desde el 1 de enero, supone un firme compromiso de proteger el poder adquisitivo de los mayores y de los trabajadores, por lo que la pensión media de jubilación, que subió 734 euros anuales en 2024, se volverá a incrementar este año: «Para este Gobierno de coalición progresista es esencial que la riqueza generada por la economía llegue a todos los ciudadanos, los que trabajan, los que trabajaron y los que se están preparando para hacerlo», señaló.

MÁS SOBRE LAS PENSIONES CONTRIBUTIVAS
Son prestaciones económicas cuya duración puede ser definida o indefinida. Su concesión está supeditada, por lo general, a que el beneficiario haya tenido una relación jurídica previa con la Seguridad Social y cumpla una serie de requisitos en función del tipo de pensión.

Su cuantía se determina en función de las aportaciones efectuadas por el trabajador y el empresario, si se trata de trabajadores por cuenta ajena, durante el período considerado a efectos de la base reguladora de la pensión de que se trate.

El Régimen General y los Regímenes Especiales que se integran en la Seguridad Social, (con las particularidades y salvedades que cada régimen indica) contemplan tres tipos de pensiones contributivas en España.

1. JUBILACIÓN: La pensión de jubilación de la Seguridad Social es una prestación económica vitalicia que se concede al trabajador cuando, a causa de la edad, cesa en el trabajo por cuenta ajena o propia o reduce su jornada laboral y su salario en los términos legalmente establecidos.

Los trabajadores que se encuentren de alta en la Seguridad Social pueden presentar la solicitud en los tres meses anteriores o posteriores a la fecha de cese de su actividad. Los efectos económicos de la pensión se producen a partir del día siguiente del cese en el trabajo.

2. INCAPACIDAD PERMANENTE: La pensión por incapacidad permanente, en su modalidad contributiva, trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona cuando está afectada por un proceso patológico o traumático y ve reducida o anulada su capacidad laboral. Puede ser parcial, total, absoluta o gran invalidez.

3. FALLECIMIENTO: Estas prestaciones por muerte y supervivencia se destinan a compensar la situación de necesidad económica que produce, para determinadas personas, el fallecimiento de otras. Se clasifican en viudedad, orfandad y en favor de familiares.

El Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) es un régimen residual que se aplica a muy pocos trabajadores y que incluye las pensiones de: Vejez, Invalidez y Viudedad.

Gráfico sobre los tres tipos de pensiones contributivas. / MONCLOA

MÁS SOBRE LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS

Son prestaciones económicas que se reconocen a los ciudadanos que carecen de recursos suficientes para su subsistencia, incluso cuando no hayan cotizado nunca a la Seguridad o no hayan cotizado el tiempo suficiente para poder solicitar las prestaciones contributivas. Las pensiones no contributivas pueden ser de jubilación o de invalidez.

La gestión de estas pensiones está atribuida a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) en las ciudades de Ceuta y Melilla.

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