COVID-19
El Govern balear concede una ayuda extraordinaria a los dependientes que no pueden ir a los centros de día
Esta nueva prestación tendrá una vigencia de cuatro meses desde el 1 de mayo, pero se puede prorrogar su el Consell de Govern lo considera adecuado
El Consell de Govern, a propuesta de la Conselleria de Asuntos Sociales y Deportes, ha introducido una prestación económica extraordinaria para compensar los gastos económicos que ha generado la suspensión de los centros de día para los dependientes.
Inicialmente, se prevé que la prestación económica tenga una vigencia de cuatro meses a partir del 1 de mayo, pero ya se contempla que se pueda prorrogar con un acuerdo del Consell de Govern si se considera adecuado que se alarguen las restricciones en los centros de día. Del mismo modo, está previsto que dejarán de percibir la ayuda si se reinician los servicios presenciales.
El importe a percibir estará condicionado al grado que tengan reconocido. De esta manera, los de grado I recibirán 143,75 euros al mes, los de grado II 201,59 euros y los de grado III 290,73 euros al mes.
Estos importes son el 75% de las cuantías máximas de las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar.
El decreto ley establece cuáles son los requisitos de los destinatarios de esta prestación:
a) Tener reconocida como prestación del sistema de atención a la dependencia el recurso de centro de día y ocupar la plaza en el momento de la suspensión del servicio debido a la crisis sanitaria por el Covid-19.
b) Mantener la prestación de centro de día a su Programa Individual de Atención (PIA) mientras dure la vigencia de esta prestación extraordinaria.
Los dependientes que tengan opción de recibir esta prestación extraordinaria no tendrán que hacer ninguna petición para obtenerla, la prestación se concede de oficio a instancias del trabajador social que hace el seguimiento de su Programa Individual de Atención (PIA).
