El documento de Voluntades Anticipadas ya se puede tramitar en todos los centros de salud navarros
Según explicaron, a pesar de haber transcurrido casi 15 años desde su puesta en marcha, el Documento de Voluntades Anticipadas es todavía poco conocido y poco accesible para el paciente y poco visible para el profesional que necesita consultar el Registro específico de Voluntades Anticipadas.
Por ello, el Departamento de Salud ha desarrollado un nuevo procedimiento que trata de facilitar la accesibilidad y autonomía de las personas para ejercer este derecho legalmente reconocido e incrementar así el número de documentos presentados, tal y como se plantea en la Estrategia de Humanización de la Atención Sanitaria en el Sistema Público de Salud.
El Documento de Voluntades Anticipadas refleja las previsiones de las personas respecto a momentos futuros en los que prevén que se van a encontrar en una situación donde su capacidad de tomar decisiones en relación con la atención sanitaria se vea mermada. Para ello, las personas expresan de forma escrita su deseo de que, en ejercicio de su voluntad, se adopten o dejen de adoptarse determinadas medidas de asistencia que considera contrarias a sus creencias, valores o decisiones.
La inscripción del DVA en el registro, creado en 2003, (Decreto Foral 140/2003), es de carácter gratuito y hasta el presente podía realizarse por tres vías: firmando el documento ante notario, acudiendo a cualquier Registro General con tres testigos que confirmen la voluntariedad de la decisión, y también acudiendo al servicio de Ciudadanía Sanitaria del Departamento de Salud sin necesidad de testigos, lo que ya facilitaba los trámites.
Hasta el día de hoy 5.333 personas han registrado oficialmente su Documento de Voluntades Anticipadas; de ellas, 3.418 son mujeres y 1.915 hombres. Por cada hombre que deja constancia de su voluntad, lo hacen dos mujeres. Esta diferencia parece relacionarse con el papel de cuidadoras que tradicionalmente han desempeñado las mujeres, que hace que estén muy concienciadas con la necesidad y el derecho de que cada persona elija anticipadamente los cuidados y tratamientos terapéuticos que desea para sí en el caso de que sus circunstancias le impidan hacerlo.
Por edades, el mayor número de DVA corresponde a personas de 66 a 75 años, con 1.585, y de 56 a 65, con 1.454 de documentos.
INSTRUCCIONES MÁS COMUNES
Para facilitar la expresión de las voluntades, el Departamento de Salud ofrece un documento en el que ya constan los criterios que se consideran imprescindibles para que exista calidad de vida, las situaciones médicas en las que se desea que se respeten dichos criterios y la atención sanitaria que se quiere recibir en cada caso.
En lo que se refiere a los criterios sobre calidad de vida, se cita la posibilidad de comunicarse y relacionarse con otras personas, el hecho de no sufrir dolor importante físico o psíquico y el poder tener autonomía para las actividades propias de la vida diaria. En caso de que no puedan darse estos mínimos, el documento permite expresar la voluntad de que no se prolongue la vida.
Algunos ejemplos de situaciones médicas en las que se deben respetar los principios mencionados en el párrafo anterior son las enfermedades irreversibles en fase terminal, el estado avanzado de una enfermedad de pronóstico fatal, el estado vegetativo crónico o el estado de demencia grave.