CC OO y UGT reclaman medidas efectivas para garantizar la reducción de brecha de género en las pensiones

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que el complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género no se ajusta a la Directiva 79/7 del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social (Directiva 79/7/CEE), ya que la Directiva en cuestión aprobada hace más de 30 años no prevé medidas de acción positiva como el complemento de brecha de género.
En su sentencia de 15 de mayo de 2025, asuntos C623/23 y C626/23, concluye que, a pesar de la reforma llevada a cabo, el complemento de brecha de género de las pensiones en España sigue siendo discriminatorio y que aún existen aspectos que favorecen a las madres en detrimento de los padres, lo que es contrario a la normativa europea en materia de igualdad de trato.
Este pronunciamiento conlleva que los hombres que accedieron a pensiones de jubilación, incapacidad permanente o viudedad a partir febrero de 2021 pueden solicitar el complemento, con la derivada de que, de no modificarse la regulación vigente en el sentido que reclaman las organizaciones sindicales, de conformidad con el actual texto del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social, su reconocimiento a los padres puede llegar a suponer, en un número indeterminado aún de casos, la supresión del que están cobrando ya las madres por el mismo hijo o hija. Actualmente, el complemento de brecha de género protege a 901.977 mujeres pensionistas
Este resultado supondría eliminar o reducir sustancialmente una acción positiva dirigida a compensar los efectos de la discriminación estructural que sufren las mujeres en el mercado laboral y en la protección social.
Por ello, CC OO y UGT instan al Gobierno a que, de manera urgente, aborde esta cuestión para modificar el texto normativo con el objetivo de garantizar que esta medida de mejora directa de pensiones se mantenga y sirva para corregir las discriminaciones reales que siguen afectando a millones de mujeres en España, de forma compatible con la doctrina del TJUE, sin merma por tanto del objetivo de reducción de brecha de género.
De igual forma, CC OO y UGT llaman la atención sobre la necesidad de que esta adaptación normativa se realice con la mayor celeridad, “evitando repetir la situación que en su momento se produjo con el complemento de maternidad donde la tardanza de más de un año en reaccionar a una situación similar propició ahondar en los efectos negativos sobre la reducción de la brecha”.