viernes, 6 diciembre 2024
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Euskadi se sitúa a la cabeza a nivel europeo en medidas de seguridad en beneficio del paciente

Un nuevo decreto exigirá a los centros sanitarios vascos la implantación de planes de seguridad, sistemas de notificaciones de incidentes y la creación de comités de seguridad
El Boletín Ofical del País Vasco publicó el nuevo decreto sobre medidas de seguridad de las y los pacientes que reciban asistencia sanitaria en los centros privados y públicos vascos para garantizar los máximos niveles de seguridad en la provisión de la asistencia sanitaria en el conjunto de los centros sanitarios de Euskadi.
El nuevo decreto establece el marco de garantías de seguridad de las personas que reciben asistencia sanitaria en las organizaciones sanitarias vascas y sitúa a Euskadi a la cabeza, a nivel europeo, en medidas de seguridad en beneficio del paciente.
En palabras del consejero de Salud, Jon Darpón,  este nuevo decreto servirá para seguir avanzando en la mejora de seguridad del paciente, una línea prioritaria para el Departamento de Salud y Osakidetza. "Creemos que la seguridad es un pilar básico de la eficiencia de los procesos asistenciales ya que seguridad clínica es calidad ", señaló.
De este modo, esta nueva regulación establece la implantación de planes de seguridad del paciente en la atención sanitaria y sistemas de notificación de incidencias, en los centros sanitarios, herramientas que permitirán mejorar la seguridad de las y los pacientes en el conjunto de organizaciones sanitarias de Euskadi.
Cada centro, servicio y establecimiento sanitario en Euskadi (privados y públicos) deberá contar con un Plan de seguridad del paciente que deberá ser conocido por todo el personal que preste servicios en dicha organización.
El Plan de seguridad en la atención sanitaria tendrá una serie de contenidos, exigibles en el nuevo decreto. Contará con un programa anual de acciones previstas en materia de seguridad, protocolos de seguridad que abarcarán distintas áreas de la atención sanitaria, planes de comunicación y formación, así como sistemas de evaluación, entre otros.
En cuanto al nuevo Sistema de notificaciones de incidentes de seguridad, el decreto exige su puesta en marcha en todas las organizaciones de servicios de Osakidetza y en aquellos centros privados con régimen de internamiento y en los que se realice cirugía mayor ambulatoria.
Con la puesta en marcha de este nuevo sistema se va a promover el aprendizaje y la mejora continua como resultado del análisis de la información recogida en las notificaciones, posibilitando la prevención de incidentes de seguridad de características similares. En definitiva, el objetivo del nuevo sistema de notificaciones de incidentes de seguridad es mejorar la seguridad en la asistencia a través del análisis de la información obtenida de los incidentes que se recojan. Por ello, cualquier persona, sea profesional o usuaria del centro podrá notificar a través de este sistema todo tipo de incidencias sin daño relacionadas con la seguridad en la asistencia. Toda la información que contenga la notificación tendrá carácter confidencial y únicamente podrá ser utilizada para su análisis y el aprendizaje. También la información podrá facilitarse de forma anónima y se excluirán todos los datos referentes a las personas que pudieran verse concernidos en la notificación del incidente.
Igualmente, la nueva regulación establece la puesta en marcha de un Comité de Seguridad del paciente y crea la figura del Referente en seguridad. Los centros sanitarios contarán con comités de seguridad, que serán, en cada centro, los órganos encargados del desarrollo, funcionamiento y seguimiento de las herramientas y de todas las actuaciones a llevar a cabo en relación al impulso, implantación y mantenimiento de la cultura de la seguridad.
El plazo para la aprobación del Plan de seguridad y la puesta en marcha del Sistema de Notificación de incidentes de seguridad será de 18 meses, para los centros y servicios sanitarios, públicos y privados, con régimen de internamiento y en los que se realice cirugía mayor ambulatoria y de 12 meses para el resto, a partir de la entrada en vigor de la orden de desarrollo. Todo ello en los términos que marca el decreto.
Por su parte, los comités de seguridad deberán constituirse en el plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de este decreto.
Euskadi cuenta con una consolidada trayectoria de gestión de la calidad y seguridad del paciente, y fruto del compromiso adquirido por el Departamento de salud, se ha materializado en la Estrategia de Seguridad del Paciente 2013-2016, que está permitiendo trabajar de forma más coordinada y en red, compartir buenas prácticas y desarrollar proyectos con el objetivo de conseguir el máximo nivel de seguridad en todas las organizaciones de Osakidetza.

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