InicioCastilla y LeónFamilia acuerda con el Diálogo Social y el sector neutralizar la congelación del Iprem

Familia acuerda con el Diálogo Social y el sector neutralizar la congelación del Iprem

Según la consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, con la fórmula anterior, el incremento de las pensiones representaba el aumento de las aportaciones de los mayores
La consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ha decidido modificar las fórmulas de cálculo de las prestaciones económicas para las personas en situación de Dependencia y así evitar que la revalorización de las pensiones, frente a la congelación del valor del Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples (Iprem), suponga una alteración en las cuantías de las prestaciones.
De esta forma, la consejería, consciente de la situación económica actual, ha acordado con el Diálogo Social y con el sector dar un paso más a favor de las personas en situación de Dependencia y neutralizar el impacto que supondría la congelación del Iprem. Según la consejería, con la fórmula anterior, el incremento en las pensiones, y por tanto en la capacidad económica de los mayores, representaba el aumento de sus aportaciones. 
La adopción de esta decisión, que figura en la Orden de la consejería publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León y que ha sido valorada por la Comisión Permanente del Consejo de Servicios Sociales, permite a las personas dependientes mantener su capacidad económica para acceder a las prestaciones del sistema. Además, la Orden adapta a la normativa autonómica los preceptos introducidos en la Ley de la Dependencia por el Real Decreto publicado por el Gobierno el pasado 27 de diciembre. Aunque los cambios no modifican esencialmente la regulación ya aplicada en la Comunidad, sí afectan a aspectos específicos de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar.
De esta forma, un requisito para acceder a una prestación económica de cuidados en el entorno familiar es que la persona dependiente y su cuidador convivan en un mismo domicilio, pero como en Castilla y León se entiende que el alto grado de dispersión dificulta en ocasiones cumplir ese requisito, es por ello que se considerará que existe esa convivencia si el cuidador permanece en el domicilio del dependiente, o realiza tareas vinculadas con su atención, durante cinco horas diarias de promedio, en cómputo semanal.
También se permitirá, de forma excepcional si no existen recursos públicos o privados acreditados en el entorno, que ejerza como cuidador familiar una persona que no tenga parentesco, pero que resida en el municipio de la persona dependiente o en uno próximo.

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Redacción EM
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Información elaborada por el equipo de redacción.

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