domingo, 15 junio 2025
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Mendoza defiende el trabajo en las residencias y Justicia lo avala con una sentencia a favor del centro Berra de Donostia

La portavoz de la Diputación Foral de Gipuzkoa destacó que el sistema de políticas sociales y las personas que lo componen 'han respondido con solvencia y con total profesionalidad'
La portavoz de la Diputación Foral de Gipuzkoa, Eider Mendoza, defendió, la semana pasada, el trabajo que se está llevando a cabo en las residencias de mayores del territorio para hacer frente a la pandemia generada por la enfermedad de la Covid-19. Dicho trabajo recibió, además, el aval de la Justicia, tras haberse conocido la sentencia relativa a la residencia de Berra de Donostia, la quinta favorable a la gestión realizada en Gipuzkoa en los centros para personas mayores. “En los últimos dos meses, las residencias han sido y siguen siendo la principal prioridad para la diputación, y hemos puesto todos los recursos materiales y humanos disponibles en cada momento”, dijo.

La responsable foral puso en valor la cooperación y el “trabajo en equipo” que están llevando a cabo diputación, los equipos profesionales de residencias, Osakidetza y autoridades sanitarias, familias de las personas residentes, servicio de bomberos y bomberas, asociaciones del tercer sector y empresas y particulares del territorio. “Esta crisis exige colaboración, no confrontación. No es momento de poner en duda la lucha colectiva de todas estas personas contra la Covid-19”, argumentó.

Mendoza destacó que el sistema foral de políticas sociales y las personas que lo componen “han respondido con solvencia y con total profesionalidad” a una crisis sanitaria que ha desbordado los servicios sanitarios y residenciales de todo el mundo. “Hablamos de una red de centros compuesta por 240 centros, donde se atiende a 7.000 personas. En el caso de las residencias de mayores, el 75% de los centros y el 90% de plazas no se han visto afectadas por la enfermedad”, remarcó.

La diputación, según recordó Mendoza, está actuando en este campo a través del Plan de Choque para servicios sociales, que ha establecido medio centenar de medidas y 90 acciones concretas para prevenir los contagios, limitar la expansión del virus, reforzar los recursos frente a esta emergencia y ofrecer la información con total transparencia. En este marco, se ha habilitado el centro sociosanitario de la Cruz Roja de Donostia para personas contagiadas por el coronavirus; se han realizado casi 400 desinfecciones de centros de servicios sociales; se han habilitado albergues para personas en riesgo de exclusión residencial; se ha realizado un “seguimiento diario y constante” a la situación de las residencias; se ha establecido un servicio de apoyo técnico, formativo y de asesoramiento; se ha activado un sistema para que los y las residentes puedan conectar con sus familiares mediante videoconferencia; y se ha dado cuenta diariamente de la evolución de la pandemia en los centros del territorio. En el apartado de material, se han completado los suministros de las autoridades sanitarias con el envío de 611.000 elementos de protección y más de 300.000 mascarilllas.

SENTENCIAS FAVORABLES
Con la de la semana pasada, son ya cinco las sentencias judiciales que defienden el trabajo realizado en las residencias durante la crisis. En el caso de la residencia de Iurreamendi de Tolosa, la juez destaca que la parte demandada “ha desplegado una actividad continua y diligente que se evidencia de la efectividad de las medidas adoptadas, que se objetiva en los actuales resultados y que es incluso declarada por la testigo propuesta por la parte” que presentaba la denuncia. “No ha habido inactividad, y sí una constante adopción de medidas preventivas con los criterios existentes, en el contexto temporal considerado y con los medios que se han contado”, reza la sentencia.

En el caso de la residencia San Jose de Ordizia, el fallo judicial recuerda que las primeras medidas contra el coronavirus se adoptaron el 28 de febrero, “y solo es el 13 de marzo cuando se declara oficialmente la pandemia”. “Incluso considerando necesarias todas las medidas señaladas en el escrito de demanda, casi todas están cumplidas por las demandadas en la medida de sus posibilidades y conforme a las previsiones normativas dictadas en cada momento concreto”, señala. 

La sentencia referida a la residencia Argixao, de Zumarraga asegura que “la residencia codemandada, ante el complejo escenario que se les manifestaba, debiendo poner en práctica multitud de normas, disposiciones y órdenes cambiantes y contando con un escaso volumen de medios sanitarios, en todo momento proporcionó a las trabajadoras del centro la información, formación y material de protección exigibles que estaban a su alcance”.

El fallo judicial va en la misma línea en el caso de la residencia Iturbide de Arrasate. En este caso, la juez estima que la parte demandada “ha seguido las recomendaciones existentes para cada caso teniendo en cuenta que, a pesar de la escasez de material siempre han dispuesto de batas, guantes... realizándose su distribución a criterio de la dirección del centro y todo ello incluso con carácter previo a la declaración del estado de alarma”. Además, entiende que las demandadas han llevado a cabo “una actuación permanente, continua y lo más diligente posible” puesto que se ha proporcionado información, formación y medios de protección a la plantilla de la residencia “en la medida de lo permitido por el caos ocasionado por la pandemia mundial que estamos padeciendo”.

Por último, en lo que respecta a la residencia Berra de Donostia, la juez sentencia que “las medidas de prevención solicitadas por el sindicato demandante ya han sido cumplidas”, y que “no existe vulneración de ningún derecho fundamental ni se acredita ataque directo, o la creación de un riesgo razonable e inminente para la integridad y salud de los trabajadores de la residencia”. Asimismo, considera que no ha quedado acreditada ni la falta de material de protección, “que se produjo a nivel mundial y que fue subsanado en cuanto se pudo”, ni incumplimiento de normativa en materia de seguridad y salud laboral. La parte demandada “ha actuado con diligencia y ello se acredita a través de la documental y testifical realizada en el acto del juicio oral. Las demandadas han cumplido la normativa de prevención desde el primer momento”, sentencia.

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Redacción EM
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Información elaborada por el equipo de redacción.

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