jueves, 3 julio 2025
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Las Voluntades Anticipadas, un instrumento esencial en la planificación de los cuidados

El Departamento de Salud y Osakidetza insisten en la utilidad de este documento que posibilita el derecho de las personas a poder decidir entre aquellas opciones más razonables sobre sus cuidados
Las Voluntades Anticipadas (VA) son uno de los eslabones que conforman la planificación de los cuidados, entendiendo esta como “un proceso positivo de reflexión e implicación de la ciudadanía en las decisiones relativas a su salud, de acuerdo con sus valores personales en el marco de la relación médico-paciente-familia”.
La voluntad del paciente puede ser expresada de modo oral, de forma que quede constancia de la misma en la historia clínica; no obstante, el mejor modo de asegurar su cumplimiento en cualquier circunstancia es hacerlo a través de los denominados Documentos de Voluntades Anticipadas (DVA).
Partiendo de este punto, y conscientes de la importancia de respetar este proceso, desde el Departamento de Salud del Gobierno Vasco ponen al servicio de los ciudadanos el Registro Vasco de VA, destinado al efectivo cumplimiento de las mismas y a garantizar una atención individualizada. Al respecto de las funciones de este órgano, José Luis Vidal Marcos, responsable del mismo, explica que “la primera es la de asesoramiento a la ciudadanía en todos los aspectos relativos a las VA y la segunda es la propiamente dicha de registro y custodia de los documentos, así como el envío de los mismos cuando se requiera porque la persona ya no esté en condiciones –esta segunda función, la de fedatario, está interconectada con el Registro Nacional de Instrucciones Previas–”.

Un instrumento útil
En este documento, de manera libre y de acuerdo siempre a los requisitos legales, la persona expresa aquellas instrucciones a tener en cuenta cuando se encuentre en una situación en la que sus circunstancias no le permitan manifestar personalmente su voluntad. En cuanto a los tres aspectos más relevantes de estas VA, José Luis Vidal expone, en primer lugar, “que permiten la participación en esa toma de decisiones por anticipado. Es decir, es un consentimiento por anticipado que supone que la persona pueda seguir participando hasta el último momento en esa toma de decisiones. En segundo lugar, destaca el valor añadido de evitar que otras personas tengan que decidir por nosotros, lo que podría generar algún conflicto o enfrentamiento con terceros. Y, por último, el tercer punto es la ventaja que supone para el sistema asistencial, que ya es conocedor de la voluntad inequívoca de una persona en el caso de no poder tomar decisiones por sí misma en un futuro”. En definitiva, las VA constituyen un instrumento útil para mejorar el diálogo y favorecer la relación asistencial tanto para el enfermo y sus allegados, como para los profesionales.
Vidal añade que, “si la estrategia de curación no va a ser posible, lógicamente lo que queda es la estrategia de alivio, es decir, el cuidado paliativo. En esa línea, el objetivo es evitar cualquier sufrimiento, ya sea físico, emocional o espiritual, si es que existe algún tipo de creencia”.

¿Cómo informarse?
La trascendencia de dicha planificación y la redacción de un DVA recomienda realizar una reflexión previa sobre sus objetivos, requisitos, límites, formas y consecuencias, y para ello, el Departamento de Salud y Osakidetza han diseñado una guía –disponible online en la web del Departamento– que pretende contribuir a esta reflexión, divulgar su conocimiento y fomentar su aplicación, tanto entre los ciudadanos como entre los profesionales de la salud y del derecho.
Además, para informarse de manera directa sobre cómo expresar y registrar un DVA, los ciudadanos de Euskadi tienen a su disposición los servicios asistenciales de Osakidetza, las unidades de atención al paciente, su propio médico de Atención Primaria y, también, los trabajadores sociales. Es decir, todos los miembros de la red sociosanitaria vasca están capacitados para informar al paciente sobre la existencia de este derecho que, como insiste José Luis Vidal, “no es una obligación pero sí un derecho al que todos los ciudadanos tienen acceso y deben conocer”. Esta conversación para informar al paciente se sucederá en forma de entrevista clínica en la que la persona será informada sobre todas las dudas o cuestiones que desee aclarar sobre la planificación de sus cuidados, teniendo en cuenta su situación personal.
En todo el proceso destaca la figura del representante, imprescindible para ayudar en la interpretación de esas VA en unos escenarios que pueden ser cambiantes, es decir, que no sean los específicos que la persona haya previsto. “Por ello es conveniente –aconseja el responsable del Registro– que sea alguien que nos conozca, con cierta proximidad con nosotros, como un familiar directo”.
Como apuestan desde el Departamento de Salud, los pacientes tienen derecho a participar en el plan de cuidados y los trabajadores sanitarios tienen la responsabilidad profesional y legal de asegurar dicha participación, teniendo en cuenta que una buena práctica médica ya no lo es si no respeta la voluntad del enfermo. No se trata, en definitiva, de que el enfermo indique el tratamiento, sino de que este pueda escoger entre las opciones más razonables.

Al servicio de las personas
Según los datos facilitados por el Registro de VA, un total de 9.932 mayores de 65 años han presentado este documento, siendo 6.705, mujeres y 3.227, hombres.
En general, tal y como valora José Luis Vidal, suelen realizar este documento mujeres mayores de 65 años que, probablemente, “hayan tenido algún tipo de relación con la muerte, o bien de un ser querido, de una persona a la que cuidaban, etcétera. La banda del cuidador estándar es, por tanto, el grupo que en mayor medida deja constancia de sus VA”.
Además, como explica el responsable del Registro, existen documentos orientativos sobre las VA. En el caso particular del Departamento de Salud del Gobierno Vasco, por ejemplo, “los presentamos en un soporte informático para que la persona lo pueda ir redactando en su domicilio, o donde resida”. El objetivo es que el paciente vaya incorporando lo que considere y que no se trate, por tanto, “de rellenar un formulario, como si fuese un documento obligatorio, sino que esté abierto a las preferencias de esa persona que está expresando sus voluntades”, destaca José Luis Vidal.

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Redacción EM
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Información elaborada por el equipo de redacción.

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