El reembolso del pago de los fármacos será abonado en la misma cuenta donde se ingresa la pensión
A partir del 1 de julio los pensionistas tendrán que costear el 10% del importe de sus medicamentos y la administración tendrá seis meses para ingresar la diferencia entre lo pagado y el límite máximo mensual para cada paciente en función de su renta
El dinero de más que paguen los pensionistas al recoger sus fármacos a partir del próximo domingo (el 1 de julio entra en vigor el nuevo copago farmacéutico) les será reembolsado directamente en la cuenta donde tengan domiciliada su pensión. Así lo acordaron ayer ministra y consejeros de Sanidad en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS) con el objetivo de unificar el procedimiento de reembolso del pago en todas las autonomías.
Tras la aprobación hace dos meses del Real Decreto 16/2012 de reforma del SNS, los pensionistas -y sus beneficiarios-, que hasta ahora estaban exentos de pagar por los medicamentos, se establece que pasarán a abonar un 10% del coste de los medicamentos, con un límite de ocho euros al mes, para aquellos con rentas inferiores a los 18.000 euros anuales; o un máximo de 18 euros en el caso de que su renta sea igual o superior a los 18.000 euros e inferior a los 100.000. Finalmente, en el caso de pensionistas con rentas anuales iguales o superiores a 100.000 euros, el importe máximo mensual a abonar por los fármacos se ha establecido en 60 euros.
No obstante, cada pensionista deberá pagar el 10% de los medicamentos que recoja a lo largo del mes, adelantando el importe total de ese 10% aunque el coste supere el límite mensual establecido para su renta. Será después la administración quien efectúe el reembolso de la diferencia (para lo que se ha establecido un plazo de entre tres y seis), sin necesidad de que haga ningún trámite. Esto, a menos que retire las prescripciones fuera de su Comunidad Autónoma, que entonces sí tendrá que presentar las recetas y los tickets de pago para solicitar el reintegro.
Medicamentos excluidos de la financiación
Por otra parte, el Consejo Interterritorial aprobó lo que el Ministerio ha denominado "revisión del nomenclátor de medicamentos", lo que, en la práctica, supone retirar hasta 426 fármacos del sistema de financiación pública. Los medicamentos excluidos pertenecen a 19 grupos terapéuticos que Sanidad ha considerado que están "indicados en síntomas menores". Entre otros, hay medicamentos indicados para el tratamiento del deterioro cognitivo asociado a la edad (vasodilatadores periféricos, piracetam, pirisudanol, ésteres de deanol y extracto de ginko folium), para el estreñimiento (laxantes y antagonistas de opiáceos), antidiarreicos, para las varices y hemorroides (corticoides y bioflavonoides), para la inflamación reumática leve (diacereina) o para la psoriasis (extracto de calaguala).
No obstante, el Ministerio ha recordado que "los medicamentos incluidos en la lista se pueden y se deben seguir recetando cuando el médico lo considere oportuno, aunque el paciente tendrá que abonar su coste íntegro".
Con esta medida, el Ministerio de Sanidad estima que se ahorrarán en torno a los 458 millones de euros en las cuentas públicas.
Catálogo ortoprotésico
En el Consejo Interterritorial se han presentado también proyectos normativos encaminados a regular la cartera común suplementaria en ortoprótesis y productos dietéticos.
Por un lado, el Consejo ha aprobado el proyecto de real decreto por el que se fijan las bases para establecer los importes máximos de financiación en ortoprótesis. La ministra ha explicado que antes cada Comunidad Autónoma establecía su propio cátalogo de ortoprótesis, lo que daba lugar a importantes diferencias. "Con este acuerdo, el ciudadano accederá al mismo producto, con el mismo importe máximo de financiación, con independencia de dónde viva", aseguró Mato.
Por otra parte, se ha dado el visto bueno al proyecto de orden por el que se establece el factor de facturación común en productos dietéticos. En este caso, los productos y los precios máximos ya estaban fijados. Sólo había que establecer un factor de facturación para fijar precios reales. En este caso, el Ministerio considera que también había una gran disparidad de precios entre comunidades. Con este acuerdo, se consigue equidad en el acceso. La adopción del factor común, además, supondrá un ahorro al Sistema del 13% del gasto en esta materia, lo que se traduce en 42,5 millones de euros.
Una vez acordado, se han consensuado los criterios básicos para la aportación del usuario, que serán los siguientes: productos destinados a procesos de larga duración, sin alternativa médica nutricional, estarán exentos de aportación; los productos de nutrición enteral, tendrán una aportación reducida; y los productos destinados a tratamientos alérgicos tendrán aportación normal.
Tras la aprobación hace dos meses del Real Decreto 16/2012 de reforma del SNS, los pensionistas -y sus beneficiarios-, que hasta ahora estaban exentos de pagar por los medicamentos, se establece que pasarán a abonar un 10% del coste de los medicamentos, con un límite de ocho euros al mes, para aquellos con rentas inferiores a los 18.000 euros anuales; o un máximo de 18 euros en el caso de que su renta sea igual o superior a los 18.000 euros e inferior a los 100.000. Finalmente, en el caso de pensionistas con rentas anuales iguales o superiores a 100.000 euros, el importe máximo mensual a abonar por los fármacos se ha establecido en 60 euros.
No obstante, cada pensionista deberá pagar el 10% de los medicamentos que recoja a lo largo del mes, adelantando el importe total de ese 10% aunque el coste supere el límite mensual establecido para su renta. Será después la administración quien efectúe el reembolso de la diferencia (para lo que se ha establecido un plazo de entre tres y seis), sin necesidad de que haga ningún trámite. Esto, a menos que retire las prescripciones fuera de su Comunidad Autónoma, que entonces sí tendrá que presentar las recetas y los tickets de pago para solicitar el reintegro.
Medicamentos excluidos de la financiación
Por otra parte, el Consejo Interterritorial aprobó lo que el Ministerio ha denominado "revisión del nomenclátor de medicamentos", lo que, en la práctica, supone retirar hasta 426 fármacos del sistema de financiación pública. Los medicamentos excluidos pertenecen a 19 grupos terapéuticos que Sanidad ha considerado que están "indicados en síntomas menores". Entre otros, hay medicamentos indicados para el tratamiento del deterioro cognitivo asociado a la edad (vasodilatadores periféricos, piracetam, pirisudanol, ésteres de deanol y extracto de ginko folium), para el estreñimiento (laxantes y antagonistas de opiáceos), antidiarreicos, para las varices y hemorroides (corticoides y bioflavonoides), para la inflamación reumática leve (diacereina) o para la psoriasis (extracto de calaguala).
No obstante, el Ministerio ha recordado que "los medicamentos incluidos en la lista se pueden y se deben seguir recetando cuando el médico lo considere oportuno, aunque el paciente tendrá que abonar su coste íntegro".
Con esta medida, el Ministerio de Sanidad estima que se ahorrarán en torno a los 458 millones de euros en las cuentas públicas.
Catálogo ortoprotésico
En el Consejo Interterritorial se han presentado también proyectos normativos encaminados a regular la cartera común suplementaria en ortoprótesis y productos dietéticos.
Por un lado, el Consejo ha aprobado el proyecto de real decreto por el que se fijan las bases para establecer los importes máximos de financiación en ortoprótesis. La ministra ha explicado que antes cada Comunidad Autónoma establecía su propio cátalogo de ortoprótesis, lo que daba lugar a importantes diferencias. "Con este acuerdo, el ciudadano accederá al mismo producto, con el mismo importe máximo de financiación, con independencia de dónde viva", aseguró Mato.
Por otra parte, se ha dado el visto bueno al proyecto de orden por el que se establece el factor de facturación común en productos dietéticos. En este caso, los productos y los precios máximos ya estaban fijados. Sólo había que establecer un factor de facturación para fijar precios reales. En este caso, el Ministerio considera que también había una gran disparidad de precios entre comunidades. Con este acuerdo, se consigue equidad en el acceso. La adopción del factor común, además, supondrá un ahorro al Sistema del 13% del gasto en esta materia, lo que se traduce en 42,5 millones de euros.
Una vez acordado, se han consensuado los criterios básicos para la aportación del usuario, que serán los siguientes: productos destinados a procesos de larga duración, sin alternativa médica nutricional, estarán exentos de aportación; los productos de nutrición enteral, tendrán una aportación reducida; y los productos destinados a tratamientos alérgicos tendrán aportación normal.
