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Inmaculada Castillo Jiménez / abogada en Mundojurídico Abogados y CEO en Mundojuridico.info

‘En personas de más edad, los miedos de cómo afrontar el futuro, el cambio, una situación nueva sin el otro, se hace más palpable’

La letrada de Mundojuridico Abogados profundiza sobre cómo encaran este proceso las personas mayores y su entorno

E. Vicente EM 16-12-2022

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Pregunta.- ¿Cuál es su percepción sobre las personas mayores que acuden a ustedes para separase o divorciarse? ¿Es muy diferente la actitud de estos clientes mayores de la de personas con menos edad?

Respuesta.- Al final todos somos personas y las motivaciones y emociones que llevan a la ruptura son siempre las mismas, aunque sí podemos percibir cuando hablamos con los clientes de mayor edad que existe más cansancio y agotamiento en la relación, que en muchas ocasiones se ha mantenido por los hijos, por la inercia del día a día, pero que cuando se llega a cierta edad, deja de tener tanta relevancia porque los hijos son mayores, ha llegado la edad de jubilación, entonces se ponen de relieve que la pareja puede tener intereses o un proyecto de futuro diferente y que quieren dar el paso.  

Igualmente, también podemos resaltar que los hombres y mujeres suelen caminar en sentidos diferentes en cuanto a las motivaciones que les puede llevar a la toma de decisión, así como abordar su futuro tras la ruptura.

En ocasiones, encontramos que existe una clara intención de llevar a cabo la ruptura por uno de los cónyuges y una clara oposición por parte del otro, en tanto que el planteamiento de cómo querer llevar la vida en esa última etapa son opuestos. Hay divergencia de opiniones respecto de cómo afrontar esos años, llevando a uno de ellos a querer caminos separados y, sin embargo, el otro cónyuge, lo que ha ido generando es un apego mayor respecto al otro o una “cierta comodidad llevadera con el matrimonio” conforme se ha ido viendo con más años. 

Por ello, la actitud no siempre es más conciliadora en personas con más edad, sino que podemos encontrarnos la posición contraria cuando se da el caso de que uno no quiere romper la relación y el otro no. Los miedos de cómo afrontar el futuro, el cambio, una situación nueva sin el otro se hacen más palpables, máxime cuando la situación implica una alteración en las posibilidades económicas o estilo de vida.  

Los abogados, pues, como operadores jurídicos debemos de centrarnos en las cuestiones de índole jurídica, y desde esta perspectiva, nos encontramos todo tipo de casos.

Hay parejas en las que ambos lo tienen claro y vienen para cerrar de manera amistosa una etapa, hay otras veces en el que uno no quiere o no acepta esa ruptura. Emociones a flor de piel que evidentemente se nos traslada y con la que nosotros empatizamos, por lo que el trabajo se puede hacer más difícil, sobre todo, cuando esa negación se proyecta en no estar de acuerdo con las propuestas de repartos o derechos que se puedan conceder por parte del cónyuge que plantea la ruptura. En estos casos, el proceso se hace más largo y doloroso, llegando al punto de tener que llegar a la vía contenciosa en el juzgado. 

También y como tercer supuesto muy frecuente, tenemos casos en los que aunque los dos tengan ya claro que las diferencias son irreconciliables, no se ponen de acuerdo en las pretensiones que ambos tienen. En estos supuestos, si no se puede alcanzar un acuerdo, habrá que acudir también al juzgado, lo que supone que el proceso de ruptura se haga más largo con las implicaciones emocionales y de degaste personal que ello siempre lleva.

P.- Las dudas o preocupaciones que tienen difieren mucho de personas más jóvenes que deciden separarse? ¿Cuáles son esas inquietudes más comunes entre las personas mayores?

R.- En comparación con los matrimonios jóvenes, la diferencia más clara suele ser el tema de los hijos, ya que normalmente ya no hay hijos dependientes ni menores en el matrimonio. 

Lo cierto es que no es igual, afrontar una ruptura cuando ambos tienen independencia económica a cuando existe una dependencia o desigualdad importante respecto a las posibilidades económicas de uno y otro. Es evidente, que la ruptura del matrimonio hace una mella importante desde un punto de vista económico-patrimonial, siendo este un gran punto de conflicto.  

Podemos decir que las inquietudes más comunes es la situación económica que le queda tras la ruptura y el uso de la vivienda familiar.

P.- ¿Qué preguntas o qué asuntos son los que deberían resolverse en este proceso y que a veces no se tienen en cuenta? No sé si difieren mucho dependiendo del sexo…

R.- Cuando estamos ante una ruptura, ya sea divorcio o separación, desde un punto de vista jurídico las cuestiones están cerradas. Es decir, se deben de atajar el uso de la vivienda, si cabe pensión compensatoria o compensación económica por razón de trabajo para uno de los cónyuges, y entrar a valorar el reparto del patrimonio común, ya sea con la liquidación de la sociedad de gananciales si el régimen era el de gananciales o la adjudicación y extinción de proindivisos en el caso de que fuera el de separación de bienes. 

A este respecto debemos de resaltar que hay comunidades autónomas que tienen un derecho foral, por lo que habrá que atender la normativa existente en las mismas respecto al divorcio y la separación.

En la actualidad y cuando atendemos en nuestro Despacho rupturas en matrimonios ya jubilados o en edad cercana, por una mera cuestión generacional, las mujeres son las que se encuentran en una posición económica más desfavorecida en cuanto no tienen ingresos propios o son menores que la de sus maridos. Gran parte de ellas se han dedicado más al hogar o al cuidado de los hijos habiendo tenido una menor incursión en el mercado laboral, lo que da lugar a que uno de las cuestiones más discutidas en las negociaciones previas para intentar llegar a un acuerdo y no tener que acudir al juzgado es que la situación económica en las que se queden tras la ruptura sea parecida, o lo más pareja posible, respecto a la del hombre.

Así, cuestiones como el uso de la vivienda familiar, la pensión compensatoria o compensación económica por trabajo o llegado el momento el derecho a percibir una pensión de viudedad sean puntos muy discutidos.

P.- ¿Cuál es el papel, si lo tienen, los hijos en estas situaciones o que deberían tener? 

R.- Habrá que atender al caso concreto, si bien entiendo que de manera general la ruptura debe de centrarse en la partes afectadas, no debiendo intervenir los hijos si no es para mediar. 

Dicho lo cual, es muy normal encontrarse que los hijos se involucren o los mismos padres los involucren, máxime cuando en algunas ocasiones estos van a tener que responder dando alojamiento a los padres, aunque sea de manera temporal. 

De cualquier forma, es una cuestión difícil donde, sin duda, los hijos también pasan un proceso desagradable si la ruptura no es amistosa.



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