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Eduardo Ortega / Abogado. Titular del Despacho de Abogados Eduardo Ortega

'La protección que el ordenamiento jurídico otorga a los mayores es muy difusa'

Ortega opina que "falta por reconocer una cuestión de fondo para otorgarle la protección que merece, y es que la vejez conlleva una mayor vulnerabilidad de la persona de carácter biopsicosocial, diferente del resto de etapas evolutivas del hombre"

M.S. / EM 13-03-2019

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Pregunta.- ¿Qué le llevó especializarse en el colectivo de personas mayores?

Respuesta.- He tenido la suerte de pasar mucho tiempo con personas mayores, tanto en el ámbito familiar (abuelos) como en el del voluntariado (Misericordia de Ávila). Eso hizo que, al acabar la licenciatura, comenzara el doctorado enfocado a las personas mayores (Derecho de Mayores). Con el tiempo, responsables de asociaciones de residencias me ofrecieron la posibilidad de dedicarme profesionalmente a lo que más me gusta. A todos ellos les estoy muy agradecido.

P.- ¿Tienen alguna protección especial en el marco jurídico con respecto al resto de la población?

R.- La protección que el ordenamiento jurídico otorga a los mayores es muy difusa. Falta por reconocer una cuestión de fondo para otorgarle la protección que merece, y es que la vejez conlleva una mayor vulnerabilidad de la persona de carácter biopsicosocial, diferente del resto de etapas evolutivas del hombre. Esa vulnerabilidad (distinta, obviamente, de la incapacidad) merece una especial consideración jurídica no contemplada hasta ahora.

P.- Las personas que no pueden gobernarse por sí mismas, tienen un régimen especial. ¿Cuál es la finalidad de la incapacitación judicial?

R.- La finalidad de la incapacitación judicial es la de proteger a la persona cuando esta no puede hacerlo por sí misma. Como institución es una garantía incuestionable para quienes se encuentran en dicha situación, ya que implica, entre otros, el nombramiento de una persona que va a velar por su cuidado. No obstante, la práctica demuestra que, en muchas ocasiones, no resultan efectivas por la demora en la tramitación judicial, la falta de agilidad en la adoción de medidas cautelares, etcétera. Es por ello que se hace necesario, no solo la revisión de este tipo de garantías, sino el desarrollo de otras figuras jurídicas menos desarrolladas como es la autotutela, la cual ofrece muchas ventajas por prever situaciones.



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